El principio contaminador-pagador, quien contamina paga, pago por contaminación o pago por haber contaminado, trata de establecer un marco de responsabilidad medioambiental y sirve para la prevención y reparación de los daños ambientales provocados por un operador.
Un operador es cualquier persona física o jurídica, privada o pública, que desempeñe una actividad profesional y que ostente una responsabilidad económica determinante sobre el funcionamiento técnico de esa actividad.
La consideración es que la prevención y reparación de los daños, debe llevarse a cabo mediante el fomento del principio con arreglo al cual «quien contamina paga», tal y como se establece en el Tratado.
El principio fundamental de esta Directiva consiste en que un operador, cuya actividad haya causado daños al medio ambiente, o haya supuesto una amenaza inminente de tales daños, sea declarado responsable desde el punto de vista financiero, a fin de inducir a los operadores, a adoptar medidas y desarrollar prácticas dirigidas a minimizar los riesgos de que se produzcan daños medioambientales, de forma que se reduzca su exposición a responsabilidades financieras.
Además, las empresas cuya actividad pueda dañar el entorno, deberán demostrar que disponen de los recursos económicos necesarios para hacer frente a los daños ecológicos que pudieran ocasionar.