Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Estados signatarios miembros no estatales signatarios El Primer Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos es un protocolo adicional que busca asegurar la aplicación de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR, por sus siglas en inglés).

[2]​ Los querellantes deberán haber agotados todos los recursos domésticos y no se permiten las denuncias anónimas.

[4]​ Tras el examen, el Comité debe presentar sus conclusiones a la parte denunciada y al querellante.

[8]​ Croacia, Dinamarca, Francia, Alemania, Islandia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Rumania, Rusia, Eslovenia, España, Sri Lanka, Suecia, Turquía y Uganda no reconocen la jurisdicción del Comité de Derechos Humanos para considerar denuncias que ya han sido atendidas bajo otro procedimiento internacional de denuncias.

[8]​ Venezuela no reconoce la competencia del Comité de Derechos Humanos para considerar denuncias relativas a juicios in absentia por crímenes contra la república.