La población de hecho (o de facto) es, para un determinado momento (generalmente un año censal), la población compuesta por presentes y transeúntes.
Es habitual que ambas poblaciones —hecho y derecho— no coincidan en número.
[1] Dentro de la población de hecho, se establece diferencia entre los residentes y los transeúntes, que son aquellos que aparecen en el recuento pero que en realidad son población de derecho en otras localidades.
A los transeúntes también se les suele llamar población de paso.
La población de derecho es la empadronada en un lugar, población residente, y determina, entre otros aspectos, el lugar donde puede ejerce derechos civiles, como el voto.