Plan de Previsión Social Empresarial

Formalmente, un Plan de Pensiones está gestionado por una Entidad Gestora y el PPSE lo comercializa una Compañía Aseguradora.

Los Planes de Previsión Social Empresarial (PPSE) se regirán por los mismos principios que los Planes de Pensiones: - No discriminación: La empresa debe garantizar que podrá incorporarse al PPSE cualquier empleado, aunque podrá exigirse una antigüedad superior a dos años para formalizar dicha incorporación, y podrán existir diferentes regímenes y condiciones de aportaciones conforme a criterios derivados de la negociación colectiva.

Hasta tal punto comparten régimen jurídico ambos instrumentos, que la propia ley establece una remisión genérica al régimen de los Plan de Pensiones para todos los aspectos no específicamente regulados en el mencionado artículo 51.

La primera gran diferencia procede de la forma en la que se atribuye la rentabilidad.

Las primas abonadas por la empresa al PPSE deberán ser imputadas obligatoriamente a los trabajadores, siendo consideradas como Rendimientos del Trabajo en Especie, estando exenta la realización de ingreso a cuenta.