Las comunidades autónomas con competencia en materia de derecho civil, foral o especial han ido más allá regulando determinados derechos y deberes de las parejas de hecho, no obstante existen algunas normas estatales referidas a las parejas de hecho en materias relativas a arrendamientos urbanos, seguridad social y adopción.[6] En Ecuador, la normativa civil permite divorciarse incluso ante un notario público, en el caso de que dentro del matrimonio no existan bienes de ninguna naturaleza, ni tampoco hijos.La sociedad patrimonial de bienes se presume y se declara judicialmente cuando se demuestra ante un juez de familia la unión marital por un lapso de tiempo no inferior a los 2 años y no tener sociedades conyugales anteriores sin disolver.Los bienes que ingresan a la liquidación de la sociedad patrimonial, son todos los adquiridos durante la vigencia de la unión marital y pertenecen a la pareja sin importar quien los consiguió.[9] Con el pasar del tiempo la legislación y jurisprudencia colombiana han ido asemejando la unión libre con el matrimonio al otorgarles derechos a las personas que viven unión marital, recientemente la corte suprema de justicia en sentencia STC-69752019[10] señaló que Las prestaciones alimentarias entre excompañeros que terminaron su convivencia son extraordinarias y singulares, no comunes, ni habituales y que para su fijación se deben estudiar desde la perspectiva de la solidaridad familiar, la equidad y la ética, enfatizó la corporación.