Pacto de contrahendo, principalmente mencionado bajo el latinismo o locución latina pactum de contrahendo, es un término jurídico originado en el ámbito del Derecho Romano, que se refiere a un precontrato o acuerdo preliminar en el que dos o más partes se comprometen a negociar un futuro contrato o acuerdo formal sobre alguna materia determinada.
[1] Este pacto previo deviene, por tanto, en una posterior obligación de contratar y en indemnizaciones o sanciones en caso de faltarse a esta obligación.
[2] Aun así, hay autores que, pese a reconocer el origen romano de la expresión y la existencia de figuras precontractuales y los respectivos ejemplos casuísticos en el aquella civilización, niegan que el Derecho Romano haya alcanzado el nivel de abstracción necesario para elaborar una suerte teoría al respecto.
[4] Pese a esta afirmación han existido diversos casos en que el concepto ha sido el eje de asuntos y litigios internacionales.
Por ejemplo en mayo del 2015 el concepto tuvo especial importancia en los alegatos de competencia realizados en la Corte Internacional de Justicia de La Haya, a raíz a la demanda interpuesta ante ese tribunal por Bolivia solicitando que se impusiera a Chile obligación de negociar un "acceso soberano al mar".