Organización municipal de la provincia de La Rioja (Argentina)
En la provincia de La Rioja en Argentina el régimen municipal es ejercido por gobiernos locales denominados municipios.[5] Esta reforma permitió que los 18 municipios sancionaran una carta orgánica entre 1987 (Chilecito[6]) y 1998.[7] La constitución fue enmendada en 1987 y reformada nuevamente en 1998, expresando en las disposiciones transitorias la derogación de las cartas orgánicas municipales existentes:[5]La constitución establece que los municipios deben tener un gobierno compuesto por un departamento ejecutivo y otro deliberativo, el primero ejercido por un intendente y el segundo presidido por un viceintendente, que es suplente del intendente.[9][10] A septiembre de 2020 ningún municipio tiene vigente una carta orgánica.