Las obligaciones convertibles son aquellas que incorporan el derecho a convertirlas en acciones (bien de la sociedad emisora o de otra) según las condiciones establecidas en el folleto de la emisión.
En España, se regulan en los artículos 292 y siguientes de la Ley de Sociedades Anónimas.
La conversión de las obligaciones en acciones será rentable efectuarla cuando el beneficio de los dividendos sean superiores a los del cupón, o bien porque se desee dotar de una mayor liquidez al activo si la acción es cotizable en el mercado secundario.
Para efectuar dicha conversión se deben especificar los siguientes aspectos: Para la presentación de estados financieros la nota de deuda convertible se observa en empresas financieras o bancos según la herramienta a utilizar.
Para calcular la relación de conversión se debe dividir el precio de la acción entre el precio de la obligación