Nacionalidad uruguaya

Los redactores de la Constitución uruguaya no utilizaron la palabra «nacional» para referirse a los habitantes del Uruguay, que son denominados «ciudadanos naturales» y «ciudadanos legales» en el artículo 73 de esta carta magna.

Así, los ciudadanos naturales son los nacidos en el territorio de Uruguay y sus hijos, dondequiera que estos nazcan, según el artículo 74.

Por otra parte, en la Constitución solo se emplea una vez el término «nacionalidad» y es utilizado en el artículo 81 en el que se establece que "La nacionalidad no se pierde por naturalizarse en otro país, para recuperar el ejercicio de los derechos de ciudadanía, basta con venir a la República (avecinarse) e inscribirse en el Registro Cívico".

Sin embargo, el texto del artículo 81 es una adición reciente a la Constitución, ya que se añadió en 1934.

[4]​ Específicamente, la Constitución de 1918, en su artículo 13, establecía: "La ciudadanía se pierde: por naturalizarse en otro país, y para recuperarla basta con tener domicilio en la República e inscribirse en el Registro Cívico".

[7]​ Sin embargo, para ciudadanos naturalizados (legales) adonde Uruguay aun usa país de nacimiento para definir la nacionalidad, no siempre se les acepta las cédulas y/o pasaportes en la región ya que la nacionalidad no corresponde a la del país emisor (Uruguay).

Asimismo, este jurista creía que "la nacionalidad corresponde a una determinada realidad de tipo sociológico o psicológico".

La segunda propuesta, o ley alternativa, se denomina Derecho a la Ciudadanía en Igualdad[12]​.

Además, tiene como objetivo abordar preocupaciones de derechos humanos relacionadas con la negativa a otorgar la nacionalidad uruguaya a los ciudadanos naturalizados, conocidos en Uruguay como "ciudadanos legales".

La solicitud se centra en la Ley uruguaya Nº 19.682, que trata sobre la apatridia pero no otorga nacionalidad a aquellos considerados apátridas.

Las deficiencias o contradicciones de la Ley Nº 19.682 plantean preguntas sobre las políticas de Uruguay respecto a la nacionalidad y ciudadanía, especialmente al considerar y clasificar a los ciudadanos legales, el estatus más alto alcanzable por individuos apátridas o inmigrantes, como no nacionales con derechos limitados en comparación con los nacionales.

Esta discusión pretende clarificar posturas y permitir que la sociedad civil, el estado y actores internacionales encuentren una vía para avanzar, ya sea de forma colaborativa o mediante solicitudes adicionales a organizaciones internacionales.

Todos los materiales están disponibles en línea en un sitio web especializado creado para la audiencia.

[21]​ Finalmente, en junio de 2024, Paganini y Martinelli, ministros, confirmaron que se emitirán pasaportes corrigiendo los errores previos, haciendo que ponga la ciudadanía Legal, en vez del país de nacimiento.