[1] Desde 1990 está prohibido al presidente ser naturalizado o tener múltiples nacionalidades.
[2] La nacionalidad se puede adquirir en Guinea Ecuatorial al nacer o más tarde en la vida a través de la naturalización.
[3] Aquellos que adquieren la nacionalidad al nacer incluyen: Los hijos nacidos en cualquier lugar que tengan al menos uno de los padres ecuatoguineano por nacimiento.
[4] Se puede otorgar la naturalización a personas que hayan residido en el territorio por un período de tiempo suficiente para comprobar que entienden el español u otro idioma utilizado en el país, y las costumbres y tradiciones de la sociedad.
Las disposiciones generales son que los solicitantes tengan buen carácter y conducta; no tener antecedentes penales dentro o fuera del país; no tener enfermedades transmisibles; haber pagado impuestos y contribuciones a la seguridad social; y haber residido ininterrumpidamente en el país durante cuarenta años.