Luego, con la constitución centralista de 1886, que trasformó los estados en departamentos, estos últimos fueron subdivididos en provincias y estas en distritos municipales.
El concejo municipal elegido por voto popular para el mismo período que el alcalde.
Los concejos cuentan entre 7 y 21 concejales de acuerdo a la población del municipio.
Colombia posee once distritos reconocidos: Bogotá, Barrancabermeja, Barranquilla, Buenaventura, Cali, Cartagena de Indias, Medellín, Mompox, Riohacha, Santa Marta, Tumaco y Turbo.
Los distritos se divide en localidades, en la que puede contener barrios, veredas o centros poblados.
Para ambos casos, indica que se debe considerar la población, los ingresos corrientes de libre destinación y la situación geográfica.
[18] Cuando las asambleas departamentales suprime un municipio de su jurisdicción y agregan ese territorio a otro, las antiguas autoridades (concejales) se constituyen en una junta administradora local.
Las áreas no municipalizadas están coordinadas por la asamblea departamental y administradas por un corregidor designado por el gobernador del departamento al que pertenecen.