Los Miembros del Merval son los Agentes Registrados en el Mercado, quienes realizan operaciones en el mercado de Contado y a Plazo, con Valores Negociables (privados y públicos), tanto para terceros como para cartera propia.
Las principales tareas del Merval se concentran en la Negociación, Cámara Compensadora y Contraparte Central (CCP) en la liquidación de operaciones en el así como también, monitoreo de las transacciones que se realizan a través de sus Sistemas de Negociación, que permiten acceder a la Colocación Primaria y la Negociación Secundaria de Valores Negociables.
El Merval actúa como contraparte central de todas las operaciones que garantiza, realizando la administración de los riesgos asociados a las distintas operaciones e instrumentos autorizados a negociar.
Las principales funciones del Merval, conferidas por la nueva Ley de Mercado de Capitales (Ley 26.831), se concentran en: a) Dictar las reglamentaciones que habilitan la actuación en su ámbito de agentes autorizados por la CNV, no pudiendo exigir a estos fines la acreditación de la calidad de accionista del mercado; b) Autorizar, suspender y cancelar el listado y/o negociación de valores negociables en la forma que dispongan sus reglamentos; c) Dictar normas reglamentarias que aseguren la veracidad en el registro de los precios, así como de las negociaciones; d) Dictar las normas y medidas necesarias para asegurar la realidad de las operaciones que efectúen los Agentes Miembros; e) Fijar los márgenes de garantía que exija a sus Agentes Miembros para cada tipo de operación que garantizare; f) Constituir tribunales arbitrales, y g) Emitir boletines informativos.
Todas las operaciones realizadas cuentan con la garantía de liquidación del Merval.