Se puede decir que es la vertiente jurídica del Derecho germánico correspondiente a los godos, la tribu de los tervingos, o más comúnmente conocidos como visigodos, estos se asentaron al oeste del río Dniester, que nace en Ucrania en la frontera con Polonia, y desemboca en el Mar Negro.
Estos hechos confirmarían el carácter territorial de la legislación, pues estas leyes se aplicaron en todo el territorio del reino visigodo de Tolosa, afectando a visigodos y a los galo-romanos.
Las leyes teodoricianas no han pervivido hasta la actualidad, por lo que las conocemos mediante referencias indirectas.
También existe una referencia en el Código de Eurico a una ley anterior, gótica, que su padre Teodorico I había establecido.
Últimamente se ha abierto paso la tesis de que las leyes teodoricianas, fueron un derecho especial, surgido de la práctica, aplicable a godos y romanos que, a su vez, se remitían al derecho romano como fuente supletoria o general.