Abintestato[1] es un término jurídico procedente del latín ab intestato (sin testamento), que se refiere al procedimiento judicial sobre la herencia y la adjudicación de los bienes del que muere sin testar o con un testamento nulo, pasando entonces la herencia, por ministerio de la ley, a los parientes más próximos.
En estos casos, será la ley quien determine quiénes tienen derecho a esa herencia.
Roma tiene su punto de partida con la sucesión ab-intesto en Ley de las XII Tablas que dice en su Tabla V: "Si intestato moritur, tui suus heres necescit, agnatus proximus familiam habeto, si agnatus nec escit, gentile familiam habeto".
Ello siempre respetando jerárquicamente al pariente de grado más próximo.
[7] Los hijos del fallecido herederán la totalidad de la herencia, sin distinción por edad o sexo, dividiéndola en partes iguales, conservando el cónyuge el derecho de usufructo del tercio destinado a mejora.