Interesado (Derecho administrativo)

El interesado del procedimiento administrativo o el Administrado es todo sujeto de derecho público o privado, persona física o jurídica que se encuentra en una relación de subordinación frente a la Administración.

4Ley 39/2015*, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo común.

Quienes promuevan el procedimiento como titulares de un derecho subjetivo o interés legítimo individual o colectivo.

Cualquier persona puede actuar en representación de otro ante la Administración y deberá acreditar la representación para formular solicitudes, presentar recursos desistir acciones o renunciar, por cualquier medio que deje constancia fidedigna.

La falta de acreditación no impide que se tenga por realiza, siempre que se subsane el defecto.