El Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas fue un impuesto existente en España entre 1964 y 1978.
Este tributo gravaba la renta, en teoría, de forma global.
El sistema de imposición de la renta de las personas físicas, en España, a partir de su instauración en 1964, se estructuraba en torno a este impuesto de carácter global junto a otros cinco de naturaleza real o de producto que se calificaban como a cuenta:[1] Las rentas eran primeramente gravadas, según su naturaleza, por el impuesto a cuenta correspondiente.
Posteriormente, esas mismas rentas eran sometidas en el impuesto general que acumulaba todas las bases imponibles de los impuestos a cuenta y del cual se descontaban las cantidades pagadas en el impuesto a cuenta.
La tributación de estos tenía carácter de mínimo y en ningún caso podía ser objeto de devolución en el impuesto general, cuando la cuota general resultara negativa, lo que ocurría en la mayoría de las ocasiones.