Este artículo trata sobre los ministerios españoles que, a lo largo de la historia, han asumido competencias en Hacienda.
No obstante el modelo tradicional castellano tampoco funcionaba de una forma deseable, debido a su propia estructura organizativa y a la grave situación en que se encontraban las rentas de la Corona.
Muchas de ellas habían sido arrendadas a particulares durante el siglo XVII, mermando los ingresos del erario real.
En 1705 se crearon dos Secretarías del Despacho Universal: una para los asuntos de Guerra y Hacienda y otra para el resto de los asuntos que concernían a la Monarquía.
Todos estos organismos mantenían una cierta independencia unos de otros, hasta el punto de que las direcciones generales funcionaban como hoy día lo hacen los organismos autónomos.
Aunque el proyecto fracasó, se asentó todo un programa a seguir por los posteriores titulares de la cartera.
Durante el reinado de Carlos IV comienza a producirse una crisis económica en España, agravada por la inestabilidad política europea surgida a raíz de la Revolución francesa.
Los asuntos de la fiscalidad americana son incorporados a la de Hacienda y existe desde ese momento y hasta 1836, salvo en períodos concretos, dos áreas hacendísticas dentro del mismo Departamento: España e Indias.
En 1793 comenzó para España un periodo de conflictividad bélica que no se verá frenado hasta 1845.
Ambos ensayarán medidas que prosperarán a lo largo de todo el siglo XIX.
Estas mantendrán su carácter independiente a la hora de fijar sus objetivos e intereses.
La reforma tributaria supuso el final del complejo sistema tributario del Antiguo Régimen mediante una fuerte simplificación que por vez primera daba importancia a los impuestos directos y reducía los indirectos.
Comenzó así una dinámica hacendística de constante reforma que hoy día continúa.
Las reformas orgánicas y burocráticas de Bravo Murillo perduraron prácticamente en lo que restaba del siglo XIX.
Sin embargo, su labor no fue tan exitosa en lo organizativo a nivel provincial -entre 1849 y 1881 se privó a la Hacienda provincial de una necesaria autonomía organizativa-, ni en lo estrictamente hacendístico.
El desarrollo del país y la necesidad de sacarlo definitivamente de las crisis financieras que se sucedieron durante el siglo XIX dieron lugar a nuevas reformas económicas y tributarias protagonizadas por los ministros Laureano Figuerola (1869), Navarro Reverter (1895) y Raimundo Fernández Villaverde (1902-1903).
Entre 1902 y 1903 se adoptó una estructura administrativa idónea a la reforma tributaria planeada por Fernández Villaverde.
Una vez acabada la contienda, se produce un reajuste de la administración nacional.
En 1957, ante la necesidad de terminar con la autarquía económica y dejar atrás una organización burocrática ya obsoleta muy influida por la guerra, se producen importantes cambios en el Ministerio.
1957 es también el año de una nueva reforma tributaria que abre el camino para elevar la renta nacional y sacar al país definitivamente de la situación económica que siguió a la Guerra Civil.
Se sistematizaron nuevos impuestos (sobre la renta y sobre el tráfico de empresas).
El plan de austeridad económica de 1967 dio lugar a nuevas reformas, simplificándose la estructura del Ministerio al suprimirse la Subsecretaría del Tesoro y Gastos Públicos.
Los departamentos ministeriales que desde el reinado de Juan Carlos I han asumido competencias en Hacienda son:[2] Este artículo incorpora textos del portal del Ministerio de Economía y Hacienda de España que autoriza la reproducción total o parcial de los contenidos del Portal, siempre que se cite expresamente su origen.