Hijo predilecto o adoptivo

Hijo predilecto o adoptivo[1]​ es el nombre del mayor título honorífico que conceden los ayuntamientos y diputaciones de España.

Todo Ayuntamiento de España puede conceder a un ciudadano el título, que recae en quienes hayan destacado de forma extraordinaria por sus cualidades o méritos personales o servicios prestados en beneficio y honor de la villa y hayan alcanzado consideración indiscutible en el ámbito de lo público.

[3]​ El título también puede concederse a los ciudadanos que concurran en los merecimientos citados, como homenaje póstumo.

En general, el nombramiento de "Hijo Predilecto", se acredita mediante entrega de un pergamino artístico y en él figura el escudo del Ayuntamiento y el lema “Hijo Predilecto de la Villa”, asimismo se expresan en el pergamino los méritos que justifican la concesión.

También se hace entrega de una insignia en oro con el escudo del Ayuntamiento.