El escudo de Extremadura es descrito en el título I de la Ley 4/1985, de 3 de junio, del escudo, la bandera y del Día de Extremadura.La descripción oficial ha sido, sin embargo, objeto de numerosas críticas por parte de académicos heraldistas.Pedro Cordero Alvarado ha ofrecido un detallado estudio de los errores que comporta, tanto de diseño como de blasonado y fundamento histórico y heráldico, ofreciendo el siguiente:[1] El escudo de Extremadura debe figurar en: Las medidas del escudo estarán en proporción 5/6 por lo que se refiere a la relación altura-anchura.
Escudo heráldico de Extremadura, según el blasonado corregido.
Escudo de Extremadura; modelo logotipado de uso institucional según diseño de
Alberto Corazón
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