Derechos patrimoniales

Los derechos patrimoniales reflejan sobre el patrimonio y son aptos para satisfacer necesidades valorables en dinero.Con respecto a este último punto, los propietarios (autor, editorial o un tercero) están facultados para establecer el modo de difusión, la autorización de su traducción a un idioma o la reproducción en cualquier formato.Los derechos reales son aquellos que crecen entre las personas y la cosa, una relación directa e inmediata donde intervienen 2 elementos: sujeto activo ( titular de derecho ) y la cosa ( objeto de él ).Este era ejercido erga omnes ( contra cualquier sujeto que desconociese la existencia del derecho o afectase su plenitud ).El contenido de la propiedad consiste en la plenitud del señorío que confiere al titular._ Ius Abutendi: derecho a consumir la cosa y disponer de ella en forma absoluta._ Ius Vindicandi: derecho que tiene el titular de la cosa para reclamarla a terceros.Dionisio: decía que se habían asignado tierras para las 30 curias existentes y otras para el Estado.Originarios Ocupación: era un medio de adquisición del derecho natural, respecto a las cosas sin dueño (res nullíus).Especificación: consistía en la transformación de una materia prima en una especie nueva, que adquiría propia individualidad.Ante la falta de contradicción, el magistrado le adjudicaba la cosa al adquirente.Se exigía también la preexistencia de una causa que justificara la tradición y venta, donación, dote, pago, etc.Este rigorismo fue atenuándose con la aparición del constituto posesorio y la traditio brevi manu.