Defensoría Pública de la Unión

[12]​ La creación y el reconocimiento constitucional como una Defensoría del Pueblo y su papel de protección de los derechos humanos representar un contrapeso real a arbitrariedades cometidas por el Estado.

Según la Ley Complementaria 80/1994, con las modificaciones introducidas por la Ley Complementaria 132/2009, corresponde a los Defensores Públicos Federales defender la primacía de la dignidad humana, la reducción de las desigualdades sociales y la prevalencia y efectividad de los derechos humanos (LC 80 / 94, art.

Como prerrogativas, los Defensores Federales pueden estar al mismo nivel que el Ministerio Público (LC 80/94, art.

4, §7); tener el mismo trato reservado para los magistrados; recibir, a la entrega de los registros con vista, una citación personal en cualquier proceso y grado de jurisdicción o instancia administrativa, contando todos los plazos al doble; no ser arrestado, a menos que sea por orden judicial escrita, excepto en flagrante delito; comunicarse, en persona y en privado, con sus personas asistidas, aun cuando se encuentren presas o detenidas, incluso en régimen de incomunicación, teniendo libre acceso a los establecimientos policiales, penitenciarios y de internamiento colectivo, independientemente de su cita previa; examinar, en cualquier cargo público, actos de flagrante delito, averiguaciones y diligencias, la obtención de copias está asegurada y pudiendo tomar notas y solicitar a la autoridad pública y sus agentes exámenes, certificados, peritajes, inspecciones, trámites, procesos, documentos, información, aclaraciones y medidas necesarias para el ejercicio de sus funciones (LC 80 / 94, art.44).

4, § 6) y queda el ejercicio del cargo de Defensor del Pueblo acreditado mediante la presentación de cédula funcional expedida por la Defensoría Pública, que tendrá validez como documento de identidad y tendrá fe pública en todo el territorio nacional (LC 80/94, art.

También se produjo un cambio formal con respecto a los nombres de los puestos.

A los miembros de la Defensoría Pública de la Unión también se les dio un nuevo nombre: Defensores Públicos Federales, y ya no se prevé la figura del Defensor Público de la Unión (LC 80/94, art.