Consejo Superior de la Judicatura

[1]​ El Consejo Superior de la Judicatura, está conformado por 6 magistrados.El Consejo Superior de la Judicatura tiene entre otras, las funciones constitucionales y legales de administrar, dirigir y gobernar la Rama Judicial en Colombia.Está integrado por seis magistrados que son elegidos para un periodo de ocho años.En ejercicio de esta función aprobará, entre otros, los siguientes actos administrativos: a) Los dirigidos a regular los trámites judiciales y administrativos que se adelanten en los despachos judiciales en los aspectos no previstos por el legislador; b) El reglamento del sistema de carrera judicial.Aprobar el Plan Anticorrupción, ejecutarlo a través de la unidad que determine, hacer seguimiento periódico a su implementación y publicar los resultados en un medio que garantice el conocimiento público.Aprobar la división del territorio para efectos de gestión judicial.Autorizar la celebración de los contratos y convenios cuando estos superen la suma de dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.Para el efecto deberá establecer un mecanismo de atención oportuna y eficaz de los requerimientos formulados por los Juzgados y Tribunales, para su correcto funcionamiento.Para tal efecto podrá crear, suprimir, fusionar y trasladar cargos en la Rama Judicial, determinar sus funciones y señalar los requisitos para su desempeño que no hayan sido fijados por la Ley, previo concepto de la Comisión Interinstitucional.En ejercicio de esta atribución el Consejo no podrá establecer a cargo del Tesoro obligaciones que excedan el monto global fijado para el servicio de justicia en la ley de apropiaciones iniciales.Administrar la carrera judicial a través de la unidad que el Consejo determine.Designar a los empleados del Consejo Superior de la Judicatura cuya provisión, según la Ley, no corresponda al Director Ejecutivo de Administración Judicial.Para estos efectos, el Consejo Superior determinará cada cuatro años la división temática entre sus distintos despachos, de manera concomitante con la elaboración del Plan Sectorial de Desarrollo.Elegir el Presidente del Consejo Superior de la Judicatura.Dictar el reglamento interno del Consejo Superior de la Judicatura.Brindar las herramientas necesarias que permitan acceder al contenido de las decisiones y actuaciones judiciales.Cuando lo estime conveniente, establecer servicios administrativos comunes a los diferentes despachos judiciales.Designar al Director de la Escuela Judicial “Rodrigo Lara Bonilla”.