Está adscrito a la Consejería competente en materia laboral.
El Pleno es el órgano supremo de decisión y formación de la voluntad del Consejo y está integrado por todos los miembros del mismo, bajo la dirección del Presidente y asistido por el Secretario General.
Mediante acuerdo del Pleno, se pueden crear comisiones de trabajo, con el número de miembros y fines que se consideren convenientes.
El Secretario General, nombrado mediante Orden del Consejero competente en materia laboral con el apoyo de, al menos, dos tercios de los miembros del Consejo, dirige y coordina los servicios técnicos y administrativos del Consejo.
Asiste a las sesiones del Pleno con voz pero sin voto.