Se consideran, a este fin, sujetos singulares los sindicatos de los trabajadores y las asociaciones empresariales, que contribuyen a la defensa de los intereses que les son propios, reafirmando así su papel en el desarrollo del Estado Social y Democrático de Derecho.
Comisión Permanente que se reúne, con carácter ordinario, al menos, una vez al mes; y con carácter extraordinario, cuantas veces sean necesarias Comisiones de Trabajo que se reúnen cada vez que las necesidades del Consejo así lo requieren.
Órganos unipersonales La Presidencia: ejerce la representación del Consejo Económico y Social de Andalucía y dirige su actuación.
Las Vicepresidencias: colaboran con la Presidencia en la dirección del Consejo, sustituyéndolo en caso necesario.
La Secretaría General: ejerce la dirección administrativa y técnica de los órganos del Consejo y vela porque éstos actúen conforme a los principios y normas que han de regir su actuación.