Comisión Nacional de la Competencia

La CNC ejerce sus funciones en el ámbito de todo el territorio español y en relación con todos los mercados o sectores productivos de la economía.Se considera colusorio y, por lo tanto, prohibido por la Ley todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia.En cuanto al abuso de posición de dominio, la Ley no sanciona la mera posición dominante, puesto que ésta puede ser resultado de un buen desempeño empresarial, sino un abuso de la misma que pretenda restringir la libre competencia debilitando a los competidores, obstaculizando la entrada a otras empresas o aplicando condiciones injustas a clientes o proveedores.La CNC puede sancionar también los actos de competencia desleal que, por falsear de manera sensible la libre competencia, afecten al interés público (art.3).En muchas ocasiones, el destinatario de dichos informes es la Administración Pública, analizando la legislación en vigor y los proyectos normativos para determinar si de ellos se derivan o podrían derivarse consecuencias negativas para la competencia.