La afiliación es gratuita tanto para el empleador como para el trabajador activo, así como la mayor parte de los beneficios que otorgan.
Están financiadas por aportes del Estado, empleador y trabajador.
Su administración es bipartita (Directorio conformado por representantes de trabajadores y empleadores).
Posteriormente fue liberado el ingreso individual de los pensionados en 1998 a cualquier CCAF (Ley N° 19.539).
Desde 2008 los empleados públicos también pueden afiliarse a las CCAF (Ley N° 20.233 de 2007).