Cáhuil (subdelegación)
Los límites de la subdelegación, establecidos mediante el decreto que organizó las subdelegaciones del departamento de San Fernando, fueron los siguientes: {{cita|Al norte, la quebrada de los Robles, desde el mar hasta la eminencia denominada Puerta del Alto Colorado, y en seguida la quebrada del Romero hasta la Plaza del Toro, desde donde continúa el límite por el estero del valle de San Antonio hasta que se le une la quebrada del Peral, cuyo cauce se sigue hasta que enfrenta el foso que separa la hacienda de San Antonio de la de Monte Redondo; al este, el límite occidental de la subdelegación anterior; al sur, la laguna de Cáhuil, el estero de Nilahue y el cordón que se dirige al oriente hasta el alto de Peña Blanca; y al oeste, el mar.[1] La administración del territorio estaba a cargo del subdelegado, subordinado al gobernador departamental y nombrado por él.Duraban dos años en el cargo, aunque también podían ser nombrados indefinidamente.Podían ser removidos por el gobernador, quien debía dar cuenta de esto al intendente provincial.Los distritos, en tanto, eran regidos por un inspector, quien respondía a las órdenes del subdelegado, quien tenía la potestad de nombrarlos o removerlos dando cuenta al gobernador departamental.