Los miembros son elegidos directamente por sufragio universal, y sirven por un período de tres años.
Este Consejo se disolvió en 1959 y fue reconstituido en la Asamblea, que fue obteniendo, paulatinamente, un mayor control.
Si un miembro de la Asamblea es elegido presidente, debe renunciar a su escaño para asumir este cargo.
Cualquier miembro podrá presentar un proyecto de ley, pero a la Asamblea no podrá tratar sobre proyectos de ley relativos a cuestiones financieras sin el consentimiento del Premier.
Los proyectos de ley que afectan a la Ley Penal, al Estatuto Personal o al Servicio Público no puede ser deliberados sin un informe la Corte Suprema, el Comisionado del Servicio Público, o una Comisión de Investigación, respectivamente.