Las ocho áreas o grupos regionales del OIEA son: A diferencia de los grupos regionales cuyos puestos de liderazgo se designan en las Naciones Unidas, la pertenencia a un área determinada del OIEA no está totalmente definida.
Canadá, Estados Unidos de América Argentina, Belice, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela Austria, Bélgica, Chipre, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Santo Ve, Islandia, Irlanda, Italia, Liechtenstein, Luxemburgo, Malta, Mónaco, Netherlands, Noruega, Portugal, España, San Marino, Suecia, Suiza, Turquía, Reino Unido Albania, Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, República Checa, Estonia, Georgia, Hungría, Kazajistán, Kirguistán, Letonia, Lituania, Macedonia, Moldavia, Montenegro, Polonia, Rumanía, Rusia, Serbia, Eslovaquia, Eslovenia, Tayikistán, Turkmenistán, Ucrania, Uzbekistán Argelia, Angola, Benín, Botsuana, Burkina Faso, Burundi, Camerún, República Centroafricana, Chad, República del Congo, Costa de Marfil, República Democrática del Congo, Egipto (a veces), Eritrea, Etiopía, Gabón, Gambia, Ghana, Kenia, Lesoto, Liberia, Libia, Madagascar, Malawi, Malí, Mauritania, Mauricio, Marruecos, Mozambique, Namibia, Níger, Nigeria, Senegal, Seychelles, Sierra Leona, Sudáfrica, Sudán, Suazilandia, Tanzania, Túnez, Uganda, Zambia, Zimbabue Afganistán, Baréin, Bangladés, Egipto (a veces), India, Irán, Irak, Jordania, Kuwait, Líbano, Omán, Nepal, Pakistán, Catar, Arabia Saudí, Sri Lanka, Siria, Emiratos árabes Unidos, Yemen Australia, Camboya, Indonesia, Malasia, Islas Marshall, Myanmar, Nueva Zelanda, Palau, Singapur, Tailandia China, Japón, Mongolia, Filipinas, Corea del Sur, Vietnam El artículo VI de los Estatutos del OIEA establece cuatro pasos en la elección de los miembros de la Junta de Gobernadores, aunque solamente tres de ellos tienen relación con las áreas.
Estos miembros son designados por un período de un año.
Se elige a once cada año y, además, estos deben representar una diversidad geográfica estipulada.
Entre los veintidós miembros elegidos por la Conferencia General, se incluyen veinte estados en base al siguiente reparto para cada área: y dos estados adicionales: La 43.a Conferencia General (1999) aprobó una enmienda al artículo VI que ampliaba la Junta de 35 a 43 miembros y daba una mayor representación proporcional a los países en desarrollo, y que exigía que cada Estado miembro se identificase como un miembro de uno de los ocho grupos geográficos.