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Conducta escandalosa del gobierno

La conducta escandalosa del gobierno es una defensa penal que presupone la predisposición del acusado a cometer el delito, pero busca que se desestime la acusación basándose en que la conducta de los agentes encargados de hacer cumplir la ley fue "tan escandalosa que los principios del debido proceso impedirían absolutamente al gobierno invocar un proceso judicial para obtener una condena." La defensa debe demostrar que las tácticas de los agentes del orden violaron "esa 'equidad fundamental, chocante para el sentido universal de la justicia', exigida por la Cláusula del Debido Proceso de la Quinta Enmienda". [1] La defensa por conducta gubernamental escandalosa está relacionada con la defensa por atrapamiento , pero es distinta de ella . La defensa por conducta gubernamental escandalosa es un impedimento al procesamiento que decide el juez basándose en la teoría jurídica, mientras que la trampa es una defensa afirmativa que es considerada, potencialmente, por un jurado. Además, la predisposición a cometer un delito es irrelevante para la defensa de Conducta gubernamental escandalosa y puede tener éxito a pesar de la evidencia de predisposición. [2]

En 2014, el juez de distrito estadounidense Otis D. Wright, II, citó la conducta escandalosa del gobierno al desestimar cargos penales por delitos graves como resultado de una elaborada operación encubierta llevada a cabo por la Oficina de Alcohol, Tabaco y Armas de Estados Unidos , que describió como un esfuerzo por "atrapar crónicamente individuos desempleados de zonas asoladas por la pobreza en sus falsos robos a escondites de drogas". [3]

Ver también

Referencias

  1. ^ Estados Unidos contra Russell , 411 U.S. 423 (1973)
  2. ^ Zelinger, Eva (2018). "La escandalosa defensa de la conducta del gobierno: un argumento interpretativo para su aplicación por parte de SCOTUS". Const. Hastings. LQ . 46 (1): 160 . Consultado el 7 de marzo de 2022 .
  3. ^ Fallo EE. UU. contra Hudson, Whitfield y Dunlap, caso 2:13-cr-00126-ODW-3, de fecha 10 de marzo de 2014