El Acuerdo sobre Contratación Pública ( ACP ) es un acuerdo plurilateral auspiciado por la Organización Mundial del Comercio (OMC) que regula la contratación de bienes y servicios por las autoridades públicas de las partes del acuerdo, con base en los principios de apertura, transparencia y no discriminación.
El acuerdo se estableció originalmente en 1979 como el "Código de Contratación Pública de la Ronda de Tokio", [1] que entró en vigor en 1981 bajo los auspicios del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio . [2] Luego se renegoció en paralelo con la Ronda de Uruguay en 1994, y esta versión entró en vigor el 1 de enero de 1996.
El texto adoptado en 1996 preveía mejoras posteriores. En diciembre de 2006 se llegó a un acuerdo sobre las revisiones previstas y el acuerdo se revisó posteriormente el 30 de marzo de 2012. El Acuerdo de Paz revisado entró en vigor el 6 de julio de 2014 y se aplica a todos los miembros desde el 1 de enero de 2021.
Los siguientes Miembros de la OMC son partes en el acuerdo enmendado de 1994: [3]
Notas
Los siguientes Miembros de la OMC han obtenido la condición de observador con respecto al ACP, y aquellos marcados con un asterisco (*) están negociando su adhesión: Afganistán, Albania*, Argentina, Bahrein, Belarús, Brasil*, Camerún, Chile, China*, Colombia, Costa Rica*, [5] Côte d'Ivoire, Ecuador, Georgia*, India, Indonesia, Jordania*, Kazajstán*, República Kirguisa*, Malasia, Mongolia, Omán*, Pakistán, Panamá, Paraguay, Filipinas, Rusia*, Arabia Saudita, Seychelles, Sri Lanka, Tayikistán*, Tailandia, Turquía y Vietnam. [3]
La OMC afirma que los dos principios "fundamentales" que sustentan el acuerdo son la no discriminación (en lo que respecta al trato de los bienes y servicios procedentes de cualquier otra parte en el acuerdo y de sus proveedores) y la transparencia . [6]
Las entidades contratantes vinculadas por el Acuerdo varían según el Estado miembro. Cada Estado miembro tiene su propio Apéndice 1, que forma parte integrante del Acuerdo y detalla cómo se aplica el Acuerdo a sus actividades nacionales de contratación. Cada Apéndice 1 tiene siete anexos:
El Órgano de Revisión de Impugnaciones de Licitaciones es un organismo creado en 1998 por los estados parte con el fin de permitir a los proveedores impugnar licitaciones gubernamentales irregulares. [8] El Órgano de Revisión es independiente y procura tramitar cada caso de manera expedita. El Órgano de Revisión también está facultado para recomendar Medidas Provisionales Rápidas (MIR), que pueden recomendarse en cuestión de días cuando un Órgano de Revisión encuentra un caso prima facie para impugnar una licitación. [8]
El Reino Unido aplicó el acuerdo como parte de su membresía en la UE desde el 1 de enero de 1996. Después de que el Reino Unido abandonara la UE el 1 de febrero de 2020, el acuerdo permaneció en vigor durante el período de transición hasta el 1 de enero de 2021. Las discusiones sobre la membresía continua del Reino Unido se iniciaron el 27 de junio de 2018 [9] y, en octubre de 2020, se invitó al Reino Unido a convertirse en parte por derecho propio al final de la fase de transición [10] .