La Constitución de Costa Rica de 1949 estableció dos vicepresidencias de Costa Rica , que son elegidas directamente mediante votación popular en una fórmula con el presidente por un período de cuatro años, sin reelección inmediata. Ha habido varias encarnaciones del cargo. Los vicepresidentes reemplazan al presidente en casos de ausencia temporal o permanente.
A lo largo de la historia de Costa Rica independiente , han existido diferentes sistemas para cubrir la ausencia temporal o definitiva de un presidente. Se han utilizado varios nombres diferentes para este cargo:
Las siguientes tablas contienen una lista de los funcionarios elegidos para el cargo de vicepresidente desde 1821.
Además de suceder a la Presidencia y a la Primera Vicepresidencia en caso de vacante o incapacidad para ejercer el cargo, los Vicepresidentes pueden ser designados para dirigir ministerios en el gabinete.
Entre 1821 y 1824 Costa Rica fue gobernada mediante un sistema de Juntas Directivas que elegían entre sus miembros un presidente y un vicepresidente.
Entre 1824 y 1841, de acuerdo con la Ley Fundamental del 21 de enero de 1825 y 1844, el pueblo elegía al Vicejefe de Estado.
De acuerdo con el Decreto de Reglas y Garantías de 1841, se creó un Segundo Jefe de Estado elegido popularmente para reemplazar al Jefe de Estado en caso de ausencia temporal o permanente.
De 1842 a 1844 y de 1846 a 1847 el país volvió al sistema de Vicejefes de Estado.
De 1847 a 1848 Costa Rica tuvo un Vicepresidente de Estado, quien era elegido popularmente.
De 1848 a 1849 el Vicepresidente de la República costarricense, elegido popularmente, presidió la Legislatura.
En las constituciones costarricenses de 1859, 1869 y 1871, el cargo de vicepresidente electo popularmente fue sustituido por dos designados a la presidencia, elegidos anualmente por la Legislatura.
En 1881 el presidente Tomás Guardia Gutiérrez sustituyó el sistema de dos designados a la presidencia por uno de siete designados. Esta situación se prolongó hasta que el gobierno constitucional asumió el poder en 1882.
En 1882, con la restauración de la Constitución de 1871, Costa Rica regresó al sistema de Designados a la presidencia, pero con tres designados, elegidos por la Legislatura para el mismo período de cuatro años que el presidente de la República.
De acuerdo con la Constitución costarricense del 7 de noviembre de 1949 hay dos vicepresidentes, elegidos popularmente al mismo tiempo que el presidente.