Sapinda es un término utilizado en el contexto de matrimonios de primos . El sujeto debe contarse como primera generación y el ancestro común que define el límite de sapinda debe estar dentro del límite de sapinda.
Ley de matrimonio hindú de 1955 , [1] la sección 3 sobre definiciones define Sapinda en la subsección (f); Como se menciona abajo:
(i) La “relación Sapinda” con referencia a cualquier persona se extiende hasta la tercera generación (inclusive) en la línea de ascenso a través de la madre, y la quinta (inclusive) en la línea de asentimiento a través del padre, trazándose la línea en cada caso hacia arriba a partir del interesado, que se contará como la primera generación;
(ii) se dice que dos personas son “sapindas” entre sí si una es ascendiente lineal de la otra dentro de los límites de la relación sapinda, o si tienen un ascendente lineal común que está dentro de los límites de la relación sapinda con referencia a cada uno de ellos;
Sin embargo, Manu Smriti [2] explica "Sapinda" en Adhyay: 5, Mantra: 60, que dice:
सपिण्डता तु पुरुषे सप्तमे विनिवर्तते । समानोदकभावस्तु जन्मनाम्नोरवेदने ।।
Esto se ha explicado porque la relación con Sapinda termina en la séptima generación y la ausencia de conocimiento del nacimiento y el nombre del descendiente directo de la séptima generación no puede considerarse Sapinda. Por lo tanto, la Ley de matrimonio hindú de 1955 restringe la definición de Sapinda sólo hasta la tercera generación de la madre y la quinta generación del padre, lo cual es un enfoque más práctico, ya que el conocimiento hasta la tercera generación de la novia y la quinta generación del novio puede determinarse fácilmente.
Por ejemplo, si la novia es descendiente de cualquier persona dentro de cinco generaciones (inclusive) por parte del padre del Novio y tres generaciones (inclusive) por parte de la madre del novio, o viceversa, se les denominará " Sapindas " . el uno del otro. En estos casos, la Ley de Matrimonio Hindú de 1955 prohíbe el matrimonio entre dos hindúes de esta genealogía.
La sección 5 de la Ley de matrimonio hindú de 1955 estableció las condiciones para un matrimonio hindú . Un matrimonio puede ser solemnizado entre dos hindúes cualesquiera, si se cumplen las siguientes condiciones, a saber:
De las cinco condiciones anteriores, este artículo se refiere a la condición establecida en la sección 5 (v), que establece que si la novia hindú y el novio hindú son " sapindas " el uno del otro, el matrimonio entre los dos no puede ser solemnizado por ley. y será legalmente nulo.