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Reducción a cero (comercio)

La reducción a cero se refiere a una metodología controvertida utilizada por Estados Unidos para calcular los derechos antidumping contra productos extranjeros. El precio interno extranjero (FDP) del producto se compara con su precio de importación estadounidense (USIP) ajustado por los costos de transporte y manipulación. En el marco de la reducción a cero, los Estados Unidos fijan en cero las diferencias negativas (es decir, siempre que el FDP menos el USIP sea inferior a cero).

Los críticos de esta metodología alegan que, debido a que se excluyen las cantidades negativas, la reducción a cero da como resultado el cálculo de un margen y un derecho antidumping que excede el dumping real practicado por los países afectados. La Unión Europea ha pedido el establecimiento de un panel de solución de disputas de la Organización Mundial del Comercio para pronunciarse sobre la práctica estadounidense de reducción a cero.

Un informe del órgano de apelación de la OMC condenó este método como injusto. "También opinamos que una comparación entre el precio de exportación y el valor normal que no tenga plenamente en cuenta los precios de todas las transacciones de exportación comparables -como la práctica de la "reducción a cero" en cuestión en esta diferencia- no es una comparación "equitativa". comparación” entre el precio de exportación y el valor normal, como lo exigen los párrafos 4 y 4.2 del artículo 2; (Informe del Órgano de Apelación, Comunidades Europeas — Derechos antidumping sobre las importaciones de ropa de cama de algodón procedentes de la India, WT/DS141/AB/R, adoptado el 12 de marzo de 2001).

Referencias