En el derecho consuetudinario , ne exeat ( del latín "que no se vaya") es una orden judicial equitativa que impide que una persona abandone la jurisdicción del tribunal o del estado . [1] La orden judicial puede emitirse para garantizar el cumplimiento por parte del acusado de una orden judicial. [1]
La frase completa en los Estados Unidos es ne exeat republica (del latín "que no abandone la república"). [1] La frase ne exeat regno (del latín "que no abandone el reino") también se ha utilizado en el derecho inglés . [1] [2] En 1969, el juez Meggary afirmó que la orden todavía existe bajo la ley inglesa y no fue derogada por la aprobación de la Ley de Deudores de 1869. [ 3]
Se utiliza en derecho de familia para prohibir a una persona abandonar o sacar a un niño o una propiedad de la jurisdicción. [1] Sin embargo, en Inglaterra y Gales, ha sido reemplazado en su mayoría por órdenes de retención de pasaportes. El juez Mostyn dijo en 2012: "La orden de no eximir al reino es una reliquia histórica encantadora, pero debe considerarse un anacronismo dada la disponibilidad de la forma moderna de orden". [4]
En los Estados Unidos , todavía está previsto en el Código de Rentas Internas en 26 USC § 7402(a).