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Gabinete de Sarawak

El gabinete de Sarawak ( en malayo : Kabinet Sarawak ) es el principal órgano de toma de decisiones del poder ejecutivo del gobierno de Sarawak . Su composición refleja la del nivel federal , aunque en menor escala. En el centro del gabinete se encuentra el primer ministro , designado por el Yang di-Pertua Negeri (gobernador) en función de su capacidad para asegurar el apoyo mayoritario en la Asamblea Legislativa del Estado de Sarawak . El gabinete está compuesto por ministros extraídos del cuerpo legislativo, designados por recomendación del primer ministro.

Al igual que en el nivel federal, cada ministro del gabinete dirige un ministerio específico . Sin embargo, debido a las variaciones en las jurisdicciones federales y estatales, ciertas carteras pueden diferir entre los dos niveles de gobierno.

Historia

El Gabinete de Sarawak actual se fundó el 22 de julio de 1963, el día en que Sarawak obtuvo su independencia del Imperio Británico .

Antes del Gabinete de Sarawak, estaba el Consejo Supremo. Durante el reinado del Segundo Rajá de Sarawak, el Rajá Charles Anthoni Johnson Brooke , Su Majestad designó al jefe de cada raza y al jefe de cada división de Sarawak para el Consejo Supremo. El Rajá es el Jefe del Consejo Supremo y principalmente los parientes, amigos y familiares del Rajá, de origen inglés, actúan como secretarios y funcionarios del Consejo Supremo.

Nombramientos en el gabinete

La constitución estatal establece un proceso estructurado para el nombramiento de los miembros del Gabinete. El Gobernador nombra al Primer Ministro , que debe ser miembro de la Asamblea Legislativa del Estado y es probable que gane la confianza de la mayoría de sus miembros. Posteriormente, el Primer Ministro asesora al Gobernador sobre el nombramiento de otros miembros del Gabinete, y el Gobernador nombra no más de diez ni menos de cuatro miembros de entre los miembros en ejercicio de la Asamblea Legislativa del Estado . [1] La constitución también incluye disposiciones para los nombramientos durante la disolución de la Asamblea Legislativa del Estado y para los miembros del Gabinete que dejan de ser miembros de la Asamblea Legislativa del Estado.

Antes de asumir las funciones de su cargo, un miembro del Gabinete debe prestar y suscribir un juramento en presencia del Gobernador.

Tenencia

La constitución estatal también define la duración del mandato de los miembros del Gabinete mediante varias disposiciones. En primer lugar, estipula que si el Primer Ministro, que dirige el Gabinete, pierde la confianza de la mayoría de los miembros de la Asamblea Legislativa del Estado, está obligado a presentar la dimisión de todo el Gabinete. Sin embargo, el Primer Ministro puede solicitar al Gobernador que disuelva la Asamblea Legislativa del Estado, lo que podría dar lugar a nuevas elecciones .

En segundo lugar, la Constitución permite a los miembros del Gabinete renunciar a sus cargos en cualquier momento presentando una renuncia por escrito al Gobernador. Si el Gobernador revoca el nombramiento de un miembro del Gabinete, excluido el Primer Ministro, por recomendación del Primer Ministro, también está obligado a dejar su cargo.

En tercer lugar, a excepción del Primer Ministro, que depende de la confianza de la Asamblea Legislativa del Estado, los miembros del Gabinete ejercen sus funciones a voluntad del Gobernador. Esto significa que su permanencia en el cargo queda a discreción del Gobernador y pueden continuar en el cargo a menos que renuncien voluntariamente o se les revoque su nombramiento.

Viceministros

La Constitución también prevé el nombramiento de viceministros por parte del Gobernador, previo asesoramiento del Primer Ministro, de entre los miembros de la Asamblea Legislativa del Estado. Los viceministros no son miembros del Gabinete. Existen disposiciones específicas para los nombramientos durante la disolución de la Asamblea Legislativa del Estado y para la continuidad en el cargo en caso de dejar de ser miembro de la Asamblea. La función principal de los viceministros es asistir al Primer Ministro y a los ministros en sus funciones, con poderes equivalentes a los de los ministros. Algunas disposiciones aplicables a los miembros del Gabinete también se extienden a los viceministros para garantizar la coherencia en la gobernanza.

Este puesto se conocía como Ministro Adjunto antes de que se aprobara con éxito una enmienda a la constitución sobre el tema el 15 de febrero de 2022, rebautizándolo como "Viceministro". [2] La enmienda constitucional se publicó en el Boletín Oficial y entró en vigor el 1 de marzo de 2022.

Responsabilidades y restricciones de los miembros del gabinete

La constitución estatal delinea la asignación de responsabilidades a los miembros del Gabinete e impone restricciones a su participación en el comercio, los negocios o la profesión. En primer lugar, el Gobernador, siguiendo el consejo del Primer Ministro, tiene la autoridad de asignar tareas gubernamentales específicas a los miembros del Gabinete, que abarcan la gestión de los asuntos estatales y la administración de los departamentos gubernamentales. En virtud de esta disposición, cualquier miembro del Gabinete al que se le confíen tales responsabilidades recibe el título de "Ministro".

Además de la asignación de funciones, la Constitución impone limitaciones a las actividades comerciales de los miembros del Gabinete. En concreto, se les prohíbe a los miembros del Gabinete participar en cualquier oficio, negocio o profesión que esté directamente relacionado con el tema o departamento de gobierno del que son responsables. Además, se les prohíbe participar en decisiones del Gabinete relacionadas con su oficio, negocio o profesión, o decisiones que puedan afectar potencialmente sus intereses financieros en estas actividades, mientras sigan dedicándose a ellas.

El gobernador actuará según el consejo

El artículo 10 de la Constitución describe la estructura de gobierno en lo que respecta al papel y los poderes del Gobernador en relación con el Gabinete y el ejercicio de sus funciones. Delinea los escenarios específicos en los que el Gobernador tiene el mandato de actuar siguiendo el consejo del Primer Ministro o de un miembro del Gabinete, y aquellos en los que conserva poderes discrecionales.

De conformidad con el marco constitucional, el Gobernador debe actuar principalmente siguiendo el asesoramiento del Primer Ministro o de un miembro del Gabinete en el ejercicio de sus funciones.

Sin embargo, la disposición también reconoce casos en los que el Gobernador ejerce su discreción. En particular, el Gobernador conserva la autoridad para designar independientemente a un Primer Ministro y denegar el consentimiento para la disolución de la Asamblea Legislativa del Estado.

Además, se otorga a la Asamblea Legislativa del Estado la autoridad para promulgar leyes que regulen el ejercicio de funciones del Gobernador, incluidas disposiciones para consultas o recomendaciones de entidades distintas del Gabinete.

Composición actual

Ministros

Viceministros

Lista de gabinetes

Véase también

Referencias

  1. ^ Ahmad, Shafik (7 de enero de 2022). "Kabinet Sarawak: Abang Jo pegang lebih jawatan bukan pemusatan kuasa - Penganalisis" (en malayo). Astro Awani . Consultado el 4 de marzo de 2024 .
  2. ^ Wen, Lok Jian (15 de febrero de 2022). "La votación en Sarawak para llamar a su líder 'premier' podría ser el primer paso hacia una mayor autonomía". The Straits Times . Consultado el 4 de marzo de 2024 .

Enlaces externos