El término territorio marítimo se utiliza en el derecho internacional para designar las aguas costeras que no son aguas territoriales, aunque estén en contacto inmediato con el mar. En el caso de las aguas territoriales, el dominio del estado adyacente está sujeto a una limitación. El dominio sobre el territorio marítimo no está sujeto a ninguna limitación. Así, todo estrecho por el que se pueda prohibir el derecho de paso a buques extranjeros, o bahías tan cerradas por el mar que no puedan considerarse parte de ninguna ruta oceánica, son territorio marítimo. [1]