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Derechos humanos y desarrollo

El Museo de los Derechos Humanos

El desarrollo es un derecho humano que pertenece a todos, individual y colectivamente. Toda persona tiene “derecho a participar, contribuir y disfrutar del desarrollo económico, social, cultural y político, en el que todos los derechos humanos y libertades fundamentales puedan realizarse plenamente”, afirma la innovadora Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho al Desarrollo , [1] proclamado en 1986.

Los derechos humanos añaden valor a la agenda para el desarrollo al llamar la atención sobre la responsabilidad de respetar, proteger, promover y cumplir todos los derechos humanos de todas las personas. A su vez, contribuye al enfoque del desarrollo basado en los derechos humanos. Un enfoque basado en los derechos humanos generalmente conducirá a intervenciones estratégicas mejor analizadas y más enfocadas al proporcionar la base normativa para abordar cuestiones fundamentales de desarrollo. [2]

Historia

Eleanor Roosevelt con la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1949.

El impulso inicial del actual régimen y movimiento jurídico de derechos humanos fue una reacción a las atrocidades nazis de la Segunda Guerra Mundial. Los derechos humanos se mencionan de manera importante en la Carta de las Naciones Unidas [3], tanto en el Preámbulo como en el Artículo 1, aunque sólo de manera moderada. El preámbulo de la Carta de las Naciones Unidas reafirma "la fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos entre hombres y mujeres".

La Carta estableció el consejo Económico y Social que creó la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ahora Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas) . El Capítulo VI de la Carta, titulado Cooperación Económica y Social Internacional, establece en el artículo 55 (c) el "respeto universal y la observancia de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin distinción de raza, sexo, idioma o religión". El artículo 56 exige que los Estados adopten medidas conjuntas y separadas en cooperación con las Naciones Unidas para lograr sus objetivos mutuos. Los derechos humanos son inherentes al progreso de los objetivos económicos, sociales y culturales y por tanto al Desarrollo Humano como tal.

La Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) es un documento histórico en la historia de los derechos humanos. Redactada por representantes de diferentes orígenes jurídicos y culturales de todas las regiones del mundo, la DUDH fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en París el 10 de diciembre de 1948 mediante la resolución 217 A (III) de la Asamblea General como norma común de logros para todos los pueblos y todas las naciones. Establece, por primera vez, que los derechos humanos fundamentales deben ser protegidos universalmente. Desde su adopción en 1948, la DUDH ha sido traducida a más de 500 idiomas, es el documento más traducido del mundo y ha inspirado las constituciones de muchos estados recién independizados y muchas democracias nuevas. La DUDH, junto con el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y sus dos Protocolos Facultativos (sobre el procedimiento de denuncia y sobre la pena de muerte) y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y su Protocolo Facultativo, forman el llamado Carta Internacional de Derechos Humanos. [4]

La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo

La Declaración sobre el Derecho al Desarrollo fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en virtud de la resolución 41/128 en 1986 [5] y sólo Estados Unidos votó en contra de la resolución y ocho abstenciones.

El derecho al desarrollo se considera un derecho humano inalienable en el que todos los pueblos tienen derecho a participar, contribuir y disfrutar del desarrollo económico, social, cultural y político. El derecho incluye 1) el desarrollo centrado en las personas, identificando a "la persona humana" como sujeto central, participante y beneficiario del desarrollo; 2) un enfoque basado en los derechos humanos que requiere específicamente que el desarrollo se lleve a cabo de una manera "en la que todos los derechos humanos y libertades fundamentales puedan realizarse plenamente"; 3) participación, que exige la "participación activa, libre y significativa" de las personas en el desarrollo; 4) equidad, subrayando la necesidad de "la distribución justa de los beneficios" del desarrollo; 5) no discriminación, no permitiendo "ninguna distinción de raza, sexo, idioma o religión"; y 6) autodeterminación , la declaración integra la autodeterminación, incluida la soberanía plena sobre los recursos naturales, como un elemento constitutivo del derecho al desarrollo. [6]

El derecho es un derecho de tercera generación visto como un derecho grupal que se debe a las comunidades en lugar de un derecho individual que se aplica a los individuos. "Es un pueblo, no un individuo, el que tiene derecho al derecho a la autodeterminación y a desarrollo nacional y global" [7] Un obstáculo para la derecha está en el difícil proceso de definir 'pueblo' para los propósitos de la autodeterminación. Además, la mayoría de los estados en desarrollo expresan su preocupación por los impactos negativos de aspectos del comercio internacional, el acceso desigual a la tecnología y la abrumadora carga de la deuda, y esperan crear obligaciones vinculantes para facilitar el desarrollo como una forma de mejorar la gobernanza y el estado de derecho. El derecho al desarrollo incorpora tres atributos adicionales que aclaran su significado y especifican cómo puede reducir la pobreza 1) El primero es un enfoque holístico que integra los derechos humanos en el proceso 2) un entorno propicio ofrece condiciones más justas en las relaciones económicas para los países en desarrollo y 3) el concepto de justicia social y equidad implica la participación de la gente de los países involucrados y una distribución justa de los beneficios del desarrollo con especial atención a los miembros marginados y vulnerables de la población. [8]

Portadores de deberes

El artículo 3 de la Declaración sobre el derecho al desarrollo establece que "los Estados tienen la responsabilidad primordial de crear condiciones nacionales e internacionales favorables a la realización del derecho al desarrollo".

El artículo 6 establece de manera importante que "los Estados deben tomar medidas para eliminar los obstáculos al desarrollo resultantes del incumplimiento de los derechos civiles y políticos, así como de los derechos económicos, sociales y culturales", haciéndose eco del artículo 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). ) que establece que "cada Estado Parte en el presente Pacto se compromete a adoptar medidas, individualmente y mediante la asistencia y la cooperación internacionales, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de los recursos disponibles. Además, las Directrices de Maastricht [9] sobre violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales establece que un Estado viola el Pacto si no utiliza el máximo de recursos disponibles para la plena realización del Pacto [10] .

Mecanismos de la ONU

El Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre el Derecho al Desarrollo [11] fue establecido en 1998. Su mandato es globalmente (a) monitorear y revisar el progreso realizado a nivel nacional e internacional en la promoción y aplicación del derecho al desarrollo tal como se elabora en el Declaración sobre el Derecho al Desarrollo; (b) proporcionar recomendaciones y analizar los obstáculos para el pleno disfrute del derecho al desarrollo, centrándose cada año en compromisos específicos de la Declaración; yc) examinar los informes y cualquier otra información presentada por los Estados, los organismos de las Naciones Unidas, otras organizaciones internacionales pertinentes y las organizaciones no gubernamentales sobre la relación entre sus actividades y el derecho al desarrollo. [12]

Dirigido por el Presidente-Relator, el Grupo de Trabajo presenta a la Asamblea General y al Consejo de Derechos Humanos un informe anual del período de sesiones [13] sobre sus deliberaciones, incluido el asesoramiento a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH) con en lo que respecta a la implementación del derecho al desarrollo, y sugerir posibles programas de asistencia técnica a solicitud de los países interesados ​​con el objetivo de promover la implementación del derecho al desarrollo.

El mandato del Alto Comisionado (HC) y de la ACNUDH, tal como se establece en la resolución 48/141 4 (c) [14] busca "promover y proteger la realización del derecho al desarrollo y mejorar el apoyo de los órganos pertinentes del sistema de las Naciones Unidas". para este propósito." El derecho al desarrollo se destaca en la Asamblea General y el CDH, que solicitan al Secretario General de las Naciones Unidas y al HC que informen anualmente sobre el progreso en la implementación del derecho al desarrollo, incluidas las actividades destinadas a fortalecer la asociación global para el desarrollo entre los Estados miembros. , agencias de desarrollo e instituciones internacionales de desarrollo, financieras y comerciales.

Los derechos humanos y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible

Metas de desarrollo sostenible

ODS 1: “ Poner fin a la pobreza en todas sus formas en todo el mundo

ODS 2:Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y una mejor nutrición, y promover la agricultura sostenible

ODS 3: “ Garantizar una vida sana y promover el bienestar para todos en todas las edades

ODS 4: " Garantizar una educación inclusiva, equitativa y de calidad y promover oportunidades de aprendizaje permanente para todos "

ODS 5: " Lograr la igualdad de género y empoderar a todas las mujeres y niñas "

ODS 6: " Garantizar la disponibilidad y la gestión sostenible del agua y el saneamiento para todos "

ODS 7: " Garantizar el acceso a una energía asequible, fiable, sostenible y moderna para todos "

ODS 8: " Promover el crecimiento económico sostenido, inclusivo y sostenible, el empleo pleno y productivo y el trabajo decente para todos "

ODS 9: " Construir infraestructuras resilientes, promover la industrialización inclusiva y sostenible y fomentar la innovación "

ODS 10: " Reducir la desigualdad de ingresos dentro y entre los países "

ODS 11: " Hacer que las ciudades y los asentamientos humanos sean inclusivos, seguros, resilientes y sostenibles "

ODS 12: " Garantizar modalidades de consumo y producción sostenibles "

ODS 13: " Tomar medidas urgentes para combatir el cambio climático y sus impactos regulando las emisiones y promoviendo el desarrollo de energías renovables "

ODS 14: " Conservar y utilizar de forma sostenible los océanos, los mares y los recursos marinos para el desarrollo sostenible "

ODS 15: " Proteger, restaurar y promover el uso sostenible de los ecosistemas terrestres, gestionar de forma sostenible los bosques, combatir la desertificación, detener e invertir la degradación de las tierras y detener la pérdida de biodiversidad "

ODS 16: " Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, proporcionar acceso a la justicia para todos y construir instituciones eficaces, responsables e inclusivas en todos los niveles "

ODS 17: " Fortalecer los medios de implementación y revitalizar la alianza global para el desarrollo sostenible "

Derechos humanos y empresas

Los Estados tienen el papel principal en prevenir y abordar los abusos de los derechos humanos relacionados con las empresas según la resolución 8/7 [15]. Los gobiernos pueden apoyar y fortalecer las presiones del mercado sobre las empresas para que respeten los derechos, mientras que la presentación de informes adecuados permite a las partes interesadas examinar el desempeño relacionado con los derechos. Para cumplir con el deber de proteger los estados deben regular y juzgar los actos de las empresas comerciales. Los tratados internacionales de derechos humanos no crean en sí mismos obligaciones directas para las empresas, pero los órganos creados en virtud de tratados se refieren más directamente al papel de los Estados en la protección específica contra violaciones de derechos humanos por parte de las empresas. La más reciente Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece claramente que los Estados partes tienen la obligación de tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación por motivos de discapacidad por parte de cualquier persona, organización o empresa privada. [dieciséis]

Las empresas comerciales deben respetar los derechos humanos, evitando infringir los derechos humanos de otros, y deben abordar los impactos adversos sobre los derechos humanos cuando estén involucradas. La responsabilidad de las empresas de respetar los derechos humanos se refiere a aquellos derechos expresados ​​en la Carta Internacional de Derechos Humanos y los principios relativos a los derechos fundamentales establecidos en la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre los principios y derechos fundamentales en el trabajo . [17] Como parte de su deber de proteger contra los abusos de los derechos humanos relacionados con las empresas, los Estados deben tomar medidas apropiadas para garantizar que los afectados tengan acceso a un recurso efectivo a través de medios judiciales, administrativos, legislativos u otros medios apropiados.

Desde la década de 1990 se ha recurrido a instrumentos de derecho indicativo para guiar el comportamiento empresarial, como las Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, el Pacto Mundial de las Naciones Unidas y los proyectos de normas de las Naciones Unidas sobre corporaciones transnacionales y otras empresas comerciales. Las Directrices de la OCDE [18] cubren una amplia gama de cuestiones que incluyen normas laborales y ambientales, derechos humanos, corrupción, protección del consumidor y tecnología, entre otras. Las directrices son completamente voluntarias y fueron revisadas en 2000 y actualizadas en 2011. En 2000 se introdujo un procedimiento de queja que permite a las ONG y otros presentar quejas sobre presuntas infracciones donde antes sólo los sindicatos podían presentar quejas. La actualización de 2011 introdujo un capítulo específico sobre derechos humanos y alinea las directrices con el marco del Relator Especial de la ONU de "proteger, respetar y remediar".

En 2000, la ONU estableció el Pacto Mundial [19] que insta a los líderes empresariales a "adoptar y promulgar" un conjunto de 10 principios relacionados con los derechos humanos, los derechos laborales, la protección del medio ambiente y la corrupción. El pacto no incluía un mecanismo para la resolución de disputas. En respuesta a esta crítica, en 2005 se introdujeron medidas de integridad que crearon un procedimiento de denuncia por abuso sistemático de los objetivos y principios generales del pacto [20] .

También ha surgido en las últimas décadas una proliferación de códigos de conducta específicos de empresas y de múltiples partes interesadas, como los principios de Sullivan , y como tales, cientos de empresas se han comprometido públicamente a defender los derechos humanos básicos. Los códigos de conducta se consideran parte del régimen de derecho indicativo y no son jurídicamente vinculantes, pero el efecto normativo general puede dar lugar a un efecto jurídico, ya que las normas pueden incorporarse a los contratos de trabajo y de agencia.

Ver también

Referencias

  1. ^ "ACNUDH | Declaración sobre el derecho al desarrollo". www.ohchr.org . Consultado el 19 de julio de 2021 .
  2. ^ "Un enfoque de la programación del desarrollo basado en los derechos humanos en el PNUD: agregar el eslabón perdido" (PDF) . Archivado desde el original (PDF) el 19 de julio de 2021 . Consultado el 19 de julio de 2021 .
  3. ^ "La Carta de las Naciones Unidas". Naciones Unidas, Departamento de Información Pública . Consultado el 3 de mayo de 2014 .
  4. ^ Naciones Unidas. "Derechos humanos". Naciones Unidas . Consultado el 19 de julio de 2021 .
  5. ^ "Declaración sobre el Derecho al Desarrollo. A/RES/41/128" . Consultado el 3 de mayo de 2014 .
  6. ^ "El desarrollo es un derecho humano para todos" . Consultado el 3 de mayo de 2014 .
  7. ^ Sucharitkul, Sompong. "El concepto de derechos humanos en el derecho internacional". Derecho Internacional del Desarrollo Sostenible . 1. vol. I - La naturaleza y las fuentes del derecho internacional del desarrollo: 4–5.
  8. ^ Moeckli, Daniel; et al. (2010). Derecho Internacional de los Derechos Humanos . Oxford: Prensa de la Universidad de Oxford. pag. 618.
  9. ^ "Directrices de Massstricht sobre violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales" . Consultado el 3 de mayo de 2014 .
  10. ^ "Directrices de Maastricht". hrlibrary.umn.edu . Consultado el 19 de julio de 2021 .
  11. ^ "El Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre el Derecho al Desarrollo" . Consultado el 3 de mayo de 2014 .
  12. ^ "ACNUDH | Acerca del Grupo de Trabajo Intergubernamental sobre el Derecho al Desarrollo". www.ohchr.org . Consultado el 19 de julio de 2021 .
  13. ^ "ACNUDH | Informes del Grupo de Trabajo sobre el Derecho al Desarrollo". www.ohchr.org . Consultado el 19 de julio de 2021 .
  14. «Alto Comisionado para la promoción y protección de todos los derechos humanos. A/RES/48/141» . Consultado el 3 de mayo de 2014 .
  15. ^ "Resolución 8/7" (PDF) .
  16. ^ "Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y Protocolo facultativo" (PDF) .
  17. ^ "Declaración sobre principios y derechos fundamentales en el trabajo" (PDF) .[ enlace muerto permanente ]
  18. ^ "Directrices de la OCDE para empresas multinacionales" (PDF) .
  19. ^ "Pacto Mundial de la ONU".
  20. ^ McBeth y todos, Adam (2011). El Derecho Internacional de los Derechos Humanos . Oxford: Prensa de la Universidad de Oxford. págs. 615–624.

Bibliografía

enlaces externos