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Contrato relacional

Un contrato relacional es un contrato cuyo efecto se basa en una relación de confianza entre las partes. Los términos explícitos de un contrato relacional son un esquema: términos y entendimientos implícitos que determinan el comportamiento de las partes. La teoría del contrato relacional fue desarrollada originalmente en los Estados Unidos por los juristas Ian Roderick Macneil y Stewart Macaulay. Más recientemente, Richard Austen-Baker propuso una versión desarrollada de la teoría del contrato relacional, llamada "teoría integral del contrato".

La teoría original de Ian Roderick Macneil

La teoría del contrato relacional fue desarrollada originalmente en los Estados Unidos por los juristas Ian Roderick Macneil y Stewart Macaulay. Según Macneil, la teoría ofrecía una respuesta al argumento nihilista de la escuela llamada " La muerte del contrato " , según el cual el contrato no era un tema adecuado para ser estudiado en su conjunto; cada tipo de contrato (por ejemplo, de compraventa, de empleo, de instrumentos negociables) podía estudiarse individualmente, pero no los "contratos en bruto". [1] [2]

Macneil explica que ésta es sólo una de varias posibles teorías relacionales de los contratos y, en consecuencia, rebautizó su propia versión como "teoría esencial de los contratos". [3]

La teoría de los contratos relacionales se caracteriza por una visión de los contratos como relaciones más que como transacciones discretas (como, según Macneil [4], la teoría tradicional de los contratos “clásicos” o “ neoclásicos ” trata a los contratos como tales). Por lo tanto, incluso una transacción simple puede entenderse correctamente como si involucrara un contexto social y económico más amplio. Por ejemplo, si A compra un paquete de cigarrillos en una tienda en la que nunca ha estado antes y nunca volverá a entrar, eso parece bastante discreto. Sin embargo, es casi seguro que A tendrá una lealtad hacia una marca particular de cigarrillos y expectativas sobre la calidad por las que estaría dispuesto a quejarse al fabricante, aunque no tenga una relación contractual con él. También existe un entendimiento de que A pagará por los cigarrillos, no simplemente se irá con ellos, y que si ofrece un billete de £10 a cambio de los cigarrillos que cuestan £6, el papel moneda será aceptable y se le dará un cambio de £4. Nada de esto se dice explícitamente entre las partes, cuya conversación probablemente se limita a “20 Marlboro, por favor” por parte de A y “Son 6 libras, por favor” por parte del vendedor. Por lo tanto, incluso la transacción más simple tiene un buen trato que no se dice y que depende de una red más amplia de relaciones sociales y económicas. Hasta dónde hay que investigar en esa red dependerá de la transacción y del propósito para el que se la esté examinando. [5]

Los incentivos desempeñan un papel importante en la eficacia de un contrato relacional. Si no existiera un contrato relacional en el que la remuneración, el rendimiento o los planes futuros solo se prometieran y no se garantizaran, entonces habría muy pocos incentivos para cumplir el acuerdo y cumplirlo. Sin embargo, con un contrato relacional las partes tienen incentivos para proporcionar bienes y servicios de calidad como parte de una relación continua de buena fe que será beneficiosa para ambas partes. [6]

Aunque escritos anteriores [4] [7] pueden interpretarse en algunos lugares como que sugieren que las reglas sustantivas del derecho contractual deben reformularse para reconocer la naturaleza relacional y no discreta de los contratos, esto no se ha abordado posteriormente y los académicos actuales han argumentado que no es posible ni necesario reformar el derecho contractual en sí mismo para que funcione eficazmente con contratos constituidos relacionalmente. [8]

Otras características de la teoría de los contratos relacionales son que se entiende que el término "contrato" abarca el intercambio económico en general, no sólo los contratos que serían reconocidos como acuerdos legalmente exigibles por los tribunales en cualquier jurisdicción dada, que las relaciones se mantienen unidas en su mayor parte por sus propios valores internos y factores sociales/económicos más amplios y, al menos en la teoría relacional al estilo de Macneil, que las relaciones de intercambio están regidas por una serie de normas. Esto último no quiere decir que la teoría de los contratos relacionales sea normativa por naturaleza, que establezca lo que debería ser el caso correctamente, sino más bien que existen características o factores normales observables reales en juego en las relaciones. La teoría esencial de los contratos de Macneil ofrece unas 14 normas. [ cita requerida ] Estas normas son las siguientes:

  1. Integridad del rol
  2. reciprocidad
  3. Implementación de la planificación
  4. Efectividad del consentimiento
  5. flexibilidad
  6. solidaridad contractual
  7. Las 'normas de vinculación'
  8. La norma del poder
  9. Adecuación de los medios
  10. armonización con la matriz social
  11. Mejorando la discreción y la presentación
  12. preservación de la relación
  13. armonización del conflicto relacional
  14. normas supracontractuales.

Teoría integral del contrato

En 2009, el especialista inglés en contratos Richard Austen-Baker propuso una versión desarrollada de la teoría de los contratos relacionales, llamada "teoría integral de los contratos", que postula cuatro "normas integrales de contratos" en lugar de las catorce de Macneil, aunque Austen-Baker no niega la validez de las normas de Macneil como herramienta compleja de análisis. [9] Si bien Austen-Baker aprecia las normas de Macneil, las cuatro que propone apuntan a eliminar la gran cantidad de superposiciones que se observan en la versión de las normas de Macneil. En este caso, las normas de la "teoría integral de los contratos" tienen un alcance mucho más amplio que no se extienden a las otras normas. Estas cuatro normas son: [9]

  1. preservación de la relación
  2. armonización con la matriz social
  3. Satisfacer las expectativas de rendimiento
  4. equidad sustancial.

A medida que Austen-Baker va construyendo su teoría, y desarrollando el trabajo de Macneil, se puede ver un cruce entre las dos listas de normas. Se trata de la norma uno y la norma dos de la “teoría integral del contrato”. Si bien tienen el mismo título, el significado cambia con respecto al trabajo de Macneil. La primera norma, la preservación de la relación, se refiere a las ventajas obtenidas a través de mejores relaciones. Austen-Baker ofrece siete razones, la primera es que hay un mayor costo al tratar de encontrar nuevos clientes en comparación con retener los existentes. La segunda es que fuera de las relaciones existentes, los costos de transacción podrían ser más altos. Otro punto que ofrece es que la incomodidad y el esfuerzo cognitivo de cambiar de proveedores incentiva el mantenimiento de la relación. Además, Austen-Baker explica el beneficio de una relación significativa y de largo plazo, ya que las partes podrán entenderse y asesorarse mejor entre sí para sus necesidades específicas. Algunas formas de negocios requieren altos niveles de confianza, que es difícil de establecer, por lo que se fomentan los contratos relacionales. Las satisfacciones no económicas también aumentan con el uso de contratos relacionales, esto podría verse como la alegría de ir a una tienda normal y hablar con un gerente que conoces bien. Finalmente, hay una estabilidad mucho mayor obtenida a través de la longevidad de una relación. La segunda norma es la armonización con la matriz social , esta norma busca abarcar el uso de cada norma conocida por el hombre para aplicarla a los contratos. No está claro cuánto sería posible en un contrato con esta norma, por lo tanto, disuade a las personas de intentarlo. La tercera norma es satisfacer las expectativas de desempeño , esto explica cómo un desempeño adecuado o mejor es satisfactorio; sin embargo, si no cumple con el requisito, podría verse obligado a pagar por los daños debidos a la calidad reducida del trabajo. Lo que a su vez podría empañar la relación. La norma final es la equidad sustancial , que es la igualdad de la relación. Si se da algo, sería justo que se devuelva algo a cambio, esto no tiene que ser formal y podría incluir algo como el comportamiento habitual. [9]

El erudito japonés Takashi Uchida ha propuesto una versión de la teoría del contrato relacional inspirada en Macneil, relacionándola con la situación japonesa. [10] Otras contribuciones notables a la teoría del contrato relacional han sido realizadas por Stewart Macaulay (EE. UU.), [11] Lisa Bernstein (EE. UU.), [12] David Campbell (Inglaterra) [13] y John Wightman (Inglaterra). También vale la pena mencionar los enfoques distintos de Ronaldo Porto Macedo Jr. (Brasil), quien se ha ocupado de la teoría en el campo del derecho de protección al consumidor , [14] [15] y Pedro Proscurcin (Brasil), quien ha introducido la teoría de los contratos de actividad en el campo del derecho laboral . [16] Todavía en el campo del derecho laboral, merecen destacarse los trabajos más recientes de Douglas Brodie (Escocia), [17] [18] Hugh Collins (Inglaterra) [19] y Anthony Davidson Gray (Australia) [20] .

Una investigación reciente de World Commerce & Contracting , la Universidad de Tennessee y el bufete de abogados Cirio toma las teorías de contratación relacional expresadas por Macneil, Macaulay y otros para hacerlas relevantes para los profesionales de la contratación que intentan crear relaciones estratégicas, colaborativas y beneficiosas para todos con sus socios comerciales de compras y subcontratación. El informe técnico describe los principios básicos que son fundamentales para la contratación relacional, incluida la comunicación, la asignación de riesgos, la resolución de problemas, la cultura de no culpar, el trabajo conjunto, el reparto de beneficios y sufrimientos, los objetivos mutuos, la medición del desempeño y la mejora continua. [21]

En 2019, David Frydlinger, Oliver Hart y Kate Vitasek colaboraron en un artículo de Harvard Business Review , “Un nuevo enfoque de los contratos: cómo construir mejores alianzas estratégicas a largo plazo”. Los autores abogaron por un contrato relacional “formal”, afirmando que “un contrato relacional formal sienta las bases de la confianza, especifica objetivos mutuos y establece estructuras de gobernanza para mantener las expectativas e intereses de las partes alineados a lo largo del tiempo”. [22]

Una investigación posterior sobre la contratación relacional dio como resultado el libro de 2021 Contracting in the New Economy: Using Relational Contracts to Boost Trust and Collaboration in Strategic Business Relationships (La contratación en la nueva economía: uso de contratos relacionales para impulsar la confianza y la colaboración en las relaciones comerciales estratégicas). El libro aboga por la adopción de contratos relacionales formales como alternativa a los contratos transaccionales y sugiere que los contratos relacionales formales son adecuados para relaciones contractuales estratégicas, complejas y altamente dependientes. El prólogo del libro del premio Nobel Oliver Hart señala: “… durante mucho tiempo he sentido que el enfoque tradicional de los contratos, en el que los abogados intentan pensar en todas las cosas posibles que pueden salir mal en una relación e incluyen disposiciones contractuales para abordarlas, está roto”. Hart agregó que “nunca funcionó tan bien, y en un mundo cada vez más complejo e incierto funciona aún peor”. [23]

El libro ofrece una revisión exhaustiva de la historia y la teoría detrás de los contratos relacionales y proporciona una perspectiva profesional que incluye un proceso de cinco pasos para desarrollar un contrato relacional:

Ejemplos de contratos relacionales

Ejemplos de construcción

Otros ejemplos

Véase también

Referencias

  1. ^ IR Macneil, "¿Hacia dónde van los contratos?" (1969) 21 Revista de Educación Jurídica 403.
  2. ^ John Kay (16 de marzo de 2010), Piense antes de romper un contrato no escrito, Financial Times
  3. ^ Macneil, IR, "Mundos contractuales y teoría esencial del contrato" (2000), Social & Legal Studies 9, 431.
  4. ^ ab Macneil, Ian R. (mayo de 1974). "Los múltiples futuros del contrato". Southern California Law Review . 47 : 691–816.
  5. ^ Macneil, IR (2003). "Reflexiones sobre la teoría del contrato relacional después de un seminario neoclásico". En Collins, H.; Campbell, D.; Wightman, J. (eds.). Las dimensiones implícitas del contrato . Oxford: Hart.[ Falta ISBN ] [ se necesita página ]
  6. ^ Levin, Jonathan (1 de mayo de 2003). "Contratos de incentivos relacionales". American Economic Review . 93 (3): 835–857. CiteSeerX 10.1.1.295.8311 . doi :10.1257/000282803322157115. ProQuest  233027509. 
  7. ^ Macneil, Ian R. (1978). "Contratos: ajuste de las relaciones económicas a largo plazo en el derecho contractual clásico, neoclásico y relacional". Northwestern University Law Review . 72 (6): 854–905.
  8. ^ Eisenberg, Melvin A. (primavera de 2000). "Por qué no existe una ley de contratos relacionales". Northwestern University Law Review . 94 (3): 805–821.
  9. ^ abc Austen-Baker, R. (2009). "Teoría integral de los contratos: un modelo de cuatro normas de las relaciones contractuales". Revista de Derecho Contractual . 25 (3): 216–243.
  10. ^ Uchida, T. (1993). "El nuevo desarrollo del derecho contractual y las cláusulas generales: una perspectiva japonesa". Actas del simposio: Comparación de las leyes japonesa y holandesa . Tokio: Centro de Derecho Comparado y Política de la Universidad de Tokio, Instituto de Derecho Comparado.[ Falta ISBN ] [ se necesita página ]
  11. ^ Macaulay, Stewart (2000). "¿Contratos relacionales flotando en un mar de costumbres? Reflexiones sobre las ideas de Ian Macneil y Lisa Bernstein". Northwestern University Law Review . 94 : 775–804.
  12. ^ Bernstein, Lisa (2015). "Más allá de los contratos relacionales: capital social y gobernanza de redes en los contratos de contratación". Revista de análisis jurídico . 7 (2): 561–621. doi : 10.1093/jla/law001 .
  13. ^ Campbell, David (mayo de 2014). "Buena fe y la ubicuidad del contrato 'relacional'". The Modern Law Review . 77 (3): 475–492. doi :10.1111/1468-2230.12075. ISSN  0026-7961.
  14. ^ Macedo Jr., Ronaldo Porto (1998). Contratos relacionais e Defesa do Consumidor [ CONTRATOS RELACIONALES Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR ] (1ª ed.). Sao Paulo: Max Limonad. ISBN 9788520329764.
  15. ^ Macedo Jr., Ronaldo (2003). "Contratos relacionales de consumo: nuevos desafíos para el derecho del consumo brasileño". Social & Legal Studies . 12 : 27–53. doi :10.1177/096466390301200102.
  16. ^ Proscurcín, Pedro (2003). Do Contrato de Trabalho ao Contrato de Atividade: Nova Forma de Regulação das Atividades do Mercado de Trabalho [ Del contrato de trabajo al contrato de actividad; Una nueva forma de regular las actividades del mercado laboral . Sao Paulo: LTr editora. ISBN 978-8536104508.
  17. ^ Brodie, Douglas (2011). "¿Qué tan relacional es el contrato de trabajo?". Industrial Law Journal . 40 (3): 232–253. doi :10.1093/indlaw/dwr009.
  18. ^ Brodie, Douglas (2016). Contratos relacionales. En M. Freedland, A. Bogg, D. Cabrelli, H. Collins, N. Countouris, ACL Davies, S. Deakin y J. Prassl (Eds.), El contrato de trabajo . Oxford University Press . ISBN 9780198783169.
  19. ^ Collins, Hugh (2021). "El empleo como contrato relacional". Law Quarterly Review . 137 .
  20. ^ Gray, Anthony Davidson (septiembre de 2023). «Teoría del contrato relacional, la relevancia del cumplimiento real en la interpretación contractual y su aplicación a los contratos de trabajo en el Reino Unido y Australia». Common Law World Review . 52 (2–3): 61–100. doi : 10.1177/14737795231188384 . ISSN  1473-7795.
  21. ^ Frydlinger, David; Cummins, Tim; Vitasek, Kate; Bergman, Jim (octubre de 2016). Descifrando los contratos relacionales: la guía práctica para comprender los contratos relacionales (PDF) .
  22. ^ Frydlinger, David; Hart, Oliver; Vitasek, Kate (1 de septiembre de 2019). "Un nuevo enfoque de los contratos". Harvard Business Review .
  23. ^ ab Frydlinger, David; Vitasek, Kate; Bergman, Jim; Cummins, Tim (2021). La contratación en la nueva economía: uso de contratos relacionales para impulsar la confianza y la colaboración en las relaciones comerciales estratégicas . Palgrave Macmillan. ISBN 978-3-030-65098-8.[ página necesaria ]
  24. ^ Vitasek, Kate; et al. (2012). Vested: How P&G, McDonald's, and Microsoft are Redefining Winning in Business Relationships (1.ª ed.). Nueva York: Palgrave Macmillan. ISBN 978-0230341708.
  25. ^ Gerrard, R., Contratos relacionales: NEC en perspectiva, Lean Construction Journal , vol. 2, n.° 1, abril de 2015, archivado el 3 de agosto de 2019, consultado el 6 de febrero de 2024
  26. ^ Davies, G. y McQueen, N., High Court rules on key contractual issues in Post Office Group Litigation, Walker Morris , publicado el 19 de marzo de 2019, consultado el 6 de febrero de 2024