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Elecciones locales españolas de 1987

Las elecciones locales españolas de 1987 se celebraron el miércoles 10 de junio de 1987 para elegir a los 65.577 concejales de los 8.062 municipios de España y a los 1.028 escaños de las 38 diputaciones provinciales . [1] [2] Las elecciones se celebraron simultáneamente con las elecciones autonómicas en trece comunidades autónomas , así como con las elecciones locales en las tres diputaciones forales del País Vasco , los diez cabildos insulares de las Islas Baleares y Canarias y las elecciones al Parlamento Europeo de 1987 .

Sistema electoral

Elecciones municipales

Los municipios en España eran corporaciones locales con personalidad jurídica propia . Contaban con un órgano de gobierno, el concejo o corporación municipal , integrado por un alcalde , tenientes de alcalde y un pleno de concejales. La votación para las asambleas locales se realizaba por sufragio universal , teniendo derecho a voto todos los nacionales mayores de dieciocho años, empadronados en el municipio correspondiente y en pleno goce de todos los derechos políticos. El alcalde era elegido a su vez por el pleno, con una cláusula legal que preveía que el candidato del partido más votado fuera elegido automáticamente para el cargo en el caso de que ningún otro candidato reuniera la mayoría absoluta de votos.

Los concejales locales fueron elegidos mediante el método D'Hondt y un sistema de representación proporcional de lista cerrada , con un umbral electoral del cinco por ciento de los votos válidos, que incluían los votos en blanco, aplicado en cada consejo local. Los concejales fueron asignados a los consejos municipales según la siguiente escala:

Los concejales de los municipios de entre 100 y 250 habitantes se elegían mediante un sistema de votación en bloque parcial de listas abiertas , en el que los electores votaban por candidatos individuales en lugar de por partidos y por hasta cuatro candidatos. Además, los municipios de menos de 100 habitantes, así como aquellos cuya situación geográfica o la mejor gestión de los intereses municipales u otras circunstancias lo hicieran aconsejable, se organizarían mediante el sistema de concejo abierto , en el que los electores elegirían directamente al alcalde local. [3] [4] [5]

La ley electoral preveía que los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones de electores podían presentar listas de candidatos. Sin embargo, las agrupaciones de electores debían contar con la firma de un número determinado de electores registrados en el municipio por el cual aspiraban a ser elegidos:

A los electores se les prohibió firmar más de una lista de candidatos. Al mismo tiempo, los partidos y federaciones que tuvieran intención de formar una coalición para participar conjuntamente en una elección debían informar a la Comisión Electoral pertinente dentro de los diez días siguientes a la convocatoria de la elección. [3] [4]

Diputaciones y consejos insulares

Las diputaciones provinciales eran los órganos de gobierno de las provincias en España , con una función de administración de las actividades municipales y compuestas por un presidente provincial, un órgano administrativo y un pleno. Las provincias vascas tenían en su lugar diputaciones forales —llamadas Juntas Generales— , mientras que las diputaciones de las comunidades autónomas uniprovinciales fueron abolidas: sus funciones se transfirieron a los parlamentos regionales correspondientes. Para las provincias insulares, como las Islas Baleares y Canarias , las diputaciones fueron sustituidas por consejos insulares en cada una de las islas o grupo de islas. Para Mallorca , Menorca e Ibiza - Formentera esta figura se denominó en español consejo insular ( catalán : consell insular ), mientras que para Gran Canaria , Tenerife , Fuerteventura , La Gomera , El Hierro , Lanzarote y La Palma su nombre era cabildo insular .

La mayoría de las diputaciones fueron elegidas indirectamente por los concejales locales de los municipios de cada distrito judicial . Los escaños se asignaron a las diputaciones provinciales según la siguiente escala:

Los cabildos insulares y las diputaciones forales eran elegidos directamente por los electores con arreglo a sus propias normas electorales específicas. [3] [4]

Elecciones municipales

En general

Reparto de concejales para diferentes partidos en las elecciones.

  PSOE (35,44%)
  AP (25,28%)
  CDS (9,11%)
  CiU (6,63%)
  UI (3,93%)
  PDP (2,32%)
  PAR (1,37%)
  EAJ/PNV (1,25%)
  Media pensión (1,02%)
  AE (0,76%)
  AP (0,45%)
  AIC (0,37%)
  Otros (12,07%)

Control de la ciudad

La siguiente tabla muestra el control de los partidos en las capitales provinciales, así como en municipios con una población de 75.000 o más. [8] Las ganancias obtenidas por un partido se resaltan en el color de ese partido.

Diputaciones provinciales

Resumen

Diputados provinciales repartidos por diferentes partidos en las elecciones.

  PSOE (47,57%)
  AP (28,40%)
  CDS (7,49%)
  CiU (6,52%)
  UI (3,89%)
  Bienes de consumo envasados ​​(1,26%)
  PAR (1,26%)
  AP (0,88%)
  PDP (0,68%)
  SI (0,58%)
  UV (0,29%)
  Otros (1,18%)

Control de diputación

La siguiente tabla muestra el control de los partidos en las diputaciones provinciales. [2] Las ganancias obtenidas por un partido se resaltan en el color de ese partido.

Notas

  1. ^ Datos de AP–PDP–UL en las elecciones de 1983.
  2. ^ Datos agregados para PCE – PSUC , PCC y PSM en las elecciones de 1983.
  3. ^ Datos de PG – CIGA en las elecciones de 1983.

Referencias

  1. «Elecciones municipales en España 1979-2011». interior.gob.es (en español). Ministerio del Interior . Consultado el 12 de agosto de 2017 .
  2. ^ abc «Elecciones a diputaciones provinciales desde 1979» (en español). historiaelectoral.com . Consultado el 24 de septiembre de 2017 .
  3. ^ abc Ley Orgánica del Sistema Electoral General de 1985. Boletín Oficial del Estado (Ley Orgánica 5). 19 de junio de 1985. Consultado el 28 de diciembre de 2016 .
  4. ^ abc «Ley Institucional de Representación del Pueblo». juntaelectoralcentral.es . Junta Electoral Central . Consultado el 16 de junio de 2017 .
  5. ^ Reglamento de la Ley de Bases de los Régimenes Locales de 1985. Boletín Oficial del Estado (Ley 7). 2 de abril de 1985. Consultado el 27 de agosto de 2017 .
  6. «Consulta de Resultados Electorales. Municipal. Junio ​​1987. Totales nacionales». infoelectoral.mir.es . Ministerio del Interior . Consultado el 24 de septiembre de 2017 .
  7. «Elecciones municipales (resultados globales 1979-2011)» (en español). historiaelectoral.com . Consultado el 24 de septiembre de 2017 .
  8. ^ "Elecciones municipales (alcaldes por partido)". historiaelectoral.com (en español). Historia Electoral . Consultado el 24 de febrero de 2018 .