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Laudo arbitral

Un laudo arbitral (o laudo arbitral ) es una determinación final sobre la jurisdicción, los méritos, los costos u otro aspecto de una disputa por parte de un tribunal de arbitraje en un arbitraje , y es análogo a una sentencia en un tribunal de justicia. [1] Se lo denomina "laudo" incluso cuando todas las reclamaciones del demandante fracasan (y, por lo tanto, ninguna de las partes debe pagar dinero) o el laudo es de naturaleza no monetaria.

Daños y otros recursos

Aunque a la parte que gana un arbitraje normalmente se le concederá una compensación o daños y perjuicios, los tribunales suelen tener una serie de recursos que pueden formar parte del laudo.

  1. El tribunal puede ordenar el pago de una suma de dinero (daños convencionales)
  2. El tribunal podrá hacer una " declaración " sobre cualquier asunto que se determine en el procedimiento.
  3. En la mayoría de las jurisdicciones, el tribunal tiene el mismo poder que un tribunal para:
    1. ordenar a una parte que haga o se abstenga de hacer algo (" medida cautelar ")
    2. ordenar el cumplimiento específico de un contrato
    3. ordenar la rectificación , anulación o cancelación de una escritura u otro documento.

Ejecución de laudos arbitrales

El arbitraje es un método de resolución de disputas muy utilizado en el ámbito comercial (para un resumen de los distintos ámbitos en los que se suele optar por el arbitraje, véase el artículo específico sobre " arbitraje "). Una de las razones para hacerlo es que, en el comercio internacional, suele ser más fácil hacer cumplir un laudo arbitral en un país extranjero que hacer cumplir una sentencia judicial.

En virtud de la Convención de Nueva York de 1958 , un laudo dictado en un Estado contratante puede, por lo general, ejecutarse libremente en cualquier otro Estado contratante, siempre que se cumplan ciertas y limitadas excepciones, a saber:

  1. una de las partes en el acuerdo de arbitraje se encontraba, conforme a la ley que le era aplicable, incapacitada, o el acuerdo de arbitraje no era válido conforme a la ley que lo regía;
  2. una parte no recibió la debida notificación del nombramiento del árbitro o del procedimiento de arbitraje, o no pudo presentar su caso por cualquier otro motivo;
  3. el laudo se refiere a una cuestión no contemplada o que no cae dentro de los términos del arbitraje, o contiene cuestiones que van más allá del alcance del arbitraje (sujeto a la condición de que un laudo que contiene decisiones sobre dichas cuestiones puede ejecutarse en la medida en que contenga decisiones sobre cuestiones sometidas a arbitraje que puedan separarse de aquellas cuestiones no sometidas a dicho arbitraje);
  4. la composición de la autoridad arbitral no se ajustó al acuerdo de las partes o, en su defecto, a la ley del lugar donde tuvo lugar la audiencia (la " lex loci arbitri ");
  5. el laudo no ha sido aún obligatorio para las partes, o ha sido anulado o suspendido por una autoridad competente, ya sea en el país donde se llevó a cabo el arbitraje o de conformidad con la ley del convenio de arbitraje;
  6. el objeto del laudo no era susceptible de resolución mediante arbitraje; o
  7. su aplicación sería contraria al "orden público".

Prácticamente todos los países comerciales importantes del mundo son parte de la Convención, pero relativamente pocos países cuentan con una red integral para la ejecución transfronteriza de sentencias judiciales. [2] Por lo tanto, en muchos países, en particular en los mercados emergentes , un laudo arbitral extranjero es mucho más fácil de ejecutar que un laudo judicial. Por ejemplo, es muy difícil ejecutar sentencias extranjeras en los antiguos países de la CEI , pero es considerablemente más fácil ejecutar laudos de un tribunal arbitral.

La otra característica de la ejecución transfronteriza de laudos arbitrales que los hace atractivos para las partes comerciales es que no se limitan a laudos por daños y perjuicios. Mientras que en la mayoría de los países sólo las sentencias monetarias son ejecutables en el contexto transfronterizo, no se imponen tales restricciones a los laudos arbitrales y, por lo tanto, es teóricamente posible (aunque poco común en la práctica) obtener una orden judicial o de cumplimiento específico en un procedimiento de arbitraje que luego podría ejecutarse en otro estado contratante de la Convención de Nueva York.

En realidad, la Convención de Nueva York no es el único tratado que se ocupa de la ejecución transfronteriza de laudos arbitrales. La anterior Convención de Ginebra sobre la ejecución de laudos arbitrales extranjeros de 1927 [1] sigue en vigor, pero el éxito de la Convención de Nueva York significa que la Convención de Ginebra rara vez se utiliza en la práctica.

Arbitraje con gobiernos soberanos

En muchos países, los gobiernos gozan de inmunidad soberana en los procedimientos judiciales , pero pueden someterse a arbitraje y existen ciertas convenciones internacionales en relación con la ejecución de laudos contra Estados nacionales.

Nomenclatura

Si bien es común hablar de laudo arbitral como un concepto único, en la mayoría de las jurisdicciones legales existen varias subcategorías de laudo.

  1. Un laudo provisional es un laudo con carácter provisional sujeto a la determinación final sobre el fondo del asunto. [5]
  2. Un laudo parcial es un laudo que se pronuncia sobre sólo una parte de las reclamaciones o contrademandas interpuestas, o sobre sólo determinadas cuestiones entre las partes. Es importante destacar que esto deja a las partes la opción de resolver o continuar arbitrando (o litigando) las cuestiones restantes. [6]
  3. Un laudo acordado suele adoptar la forma de un acuerdo entre las partes de su disputa (el equivalente a una sentencia por consentimiento). [7] Pero al plasmar el acuerdo en la forma de un laudo puede tener varias ventajas. [8]
  4. Un laudo motivado no es una subcategoría de laudo, sino que se utiliza para describir un laudo en el que el tribunal expone el razonamiento que sustenta su decisión. [9]
  5. Un laudo adicional es un laudo que el tribunal, por iniciativa propia o a solicitud de una parte, dicta respecto de cualquier reclamación que se presentó al tribunal pero que no se resolvió conforme al laudo principal. [10]
  6. Un proyecto de laudo no es un laudo como tal y no es vinculante para las partes hasta que sea confirmado por el tribunal. [11]

Requisitos legales

Los requisitos legales relativos a la emisión de laudos varían de un país a otro y, en algunos casos, de acuerdo con los términos del acuerdo de arbitraje. Si bien en la mayoría de los países los laudos pueden ser orales, esto es relativamente poco común y generalmente se emiten por escrito.

A modo de ejemplo, en Inglaterra y Gales, los siguientes son requisitos bajo la Ley de Arbitraje de 1996 que el laudo debe cumplir, a menos que las partes acuerden modificarlos según la sección 52 de la Ley:

  1. el laudo debe ser por escrito y firmado por todos los árbitros que lo aprueben (los árbitros minoritarios disidentes no necesitan firmar a menos que las partes acuerden que deben hacerlo);
  2. el laudo deberá ser motivado;
  3. el laudo debe indicar la "sede" del arbitraje (el lugar donde se llevó a cabo el arbitraje); y
  4. El laudo debe indicar la fecha en que se dictó. Esto es importante para el cálculo de los intereses.

Muchos países tienen requisitos similares, pero la mayoría permite a las partes variar las condiciones, lo que refleja el hecho de que el arbitraje es un proceso impulsado por las partes.

Apelaciones

A veces se dice que los laudos arbitrales normalmente no están sujetos a apelación (otra razón que se suele dar a favor del uso del arbitraje), pero esa suele ser una simplificación excesiva.

La mayoría de los países del mundo permiten que los laudos arbitrales sean "impugnados" ante los tribunales, aunque suelen limitar las circunstancias en las que pueden presentarse tales impugnaciones. Los dos motivos de impugnación más comúnmente permitidos son:

  1. que el tribunal no tenía jurisdicción para dictar el laudo; [12] o
  2. grave irregularidad por parte del tribunal. [13]

Los laudos arbitrales no son justiciables. Hay que distinguirlos de una " determinación pericial ", en la que el experto determina una cuestión de hecho (que normalmente no está sujeta a ningún tipo de apelación, salvo en casos de parcialidad evidente, error manifiesto o mala fe). [14]

Además, aunque no se trate de una impugnación, muchos países permiten apelaciones sobre cuestiones de derecho (aunque casi ningún país permite apelaciones sobre cuestiones de hecho). Este derecho suele estar muy restringido para no socavar la eficacia comercial del arbitraje. [15]

Véase también

Referencias

  1. ^ Titi, Catharine (2024). "¿Qué es un laudo? Concepto, contenido, redacción, efectos, en Katia Fach Gómez y Catharine Titi (eds), El laudo en el arbitraje internacional de inversiones". academic.oup.com . Oxford University Press. pág. 3. ISBN 9780192872968. Recuperado el 16 de septiembre de 2024 .
  2. ^ Aunque algunas regiones tienen acuerdos multilaterales que tienen un efecto similar sobre un área más pequeña, como las Convenciones de Bruselas y Lugano de la Unión Europea , los países de la Commonwealth tienen una multiplicidad de estados de ejecución recíproca de sentencias, y muchos sistemas legales federales emplean la doctrina de " plena fe y crédito ".
  3. ^ El gobierno de Estados Unidos congeló miles de millones de dólares en activos iraníes y quería establecer un tribunal imparcial para determinar las reclamaciones de compensación sobre esos activos por parte de corporaciones que habían sido objeto de expropiación sin compensación en Irán.
  4. ^ Dallal contra Bank Mellat [1986] 1 QB 441
  5. ^ En el Reino Unido, véase la Ley de Arbitraje de 1996 , artículo 39.
  6. ^ En el Reino Unido, véase la Ley de Arbitraje de 1996 , artículo 47.
  7. ^ En el Reino Unido, véase la Ley de Arbitraje de 1996 , artículo 51.
  8. ^ Por ejemplo, la parte perdedora puede tener derecho a una indemnización únicamente cuando exista un laudo en virtud de una póliza de seguros. Un laudo también es más fácil de hacer cumplir que un acuerdo de transacción y da lugar a una preclusión que impide volver a litigar cuestiones resueltas. En ocasiones, tener un laudo en lugar de un acuerdo de transacción puede otorgar ventajas fiscales.
  9. ^ En el Reino Unido, el artículo 52 de la Ley de Arbitraje de 1996 establece que los laudos deben ser motivados, a menos que las partes hayan acordado que el tribunal pueda prescindir de dar razones.
  10. ^ En el Reino Unido, véase la Ley de Arbitraje de 1996 , artículo 57.
  11. ^ Muchos tribunales tienen la costumbre de permitir que las partes vean el borrador del laudo para poder descartar errores fácticos básicos o errores aritméticos. Esta práctica ayuda a reducir las apelaciones sobre cuestiones técnicas triviales.
  12. ^ por ejemplo, que no existía un acuerdo vinculante para someterse a arbitraje
  13. ^ "Irregularidad grave" engloba multitud de pecados, desde aceptar un soborno y no escuchar los argumentos de una de las partes, hasta tener un número indebido de árbitros o declarar inadmisibles pruebas cuando no debió hacerse así.
  14. ^ Reisberg, Steven H. "¿Qué es la determinación pericial? La alternativa secreta al arbitraje" (PDF) . New York Law Journal . Consultado el 12 de febrero de 2022 .
  15. ^ Por ejemplo, en el Reino Unido, una apelación sobre una cuestión de derecho sólo puede presentarse con autorización del tribunal, y el tribunal sólo concederá autorización en circunstancias muy específicas y limitadas.

Enlaces externos