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Reformas constitucionales de Sila

Las reformas constitucionales de Sila fueron una serie de leyes promulgadas por el dictador romano Lucio Cornelio Sila entre los años 82 y 80 a.C., reformando la constitución de la República romana de forma revolucionaria.

En las décadas anteriores a que Sila se convirtiera en dictador, la política romana se volvió cada vez más violenta. [1] Poco antes del primer consulado de Sila, los romanos lucharon la sangrienta Guerra Social contra sus aliados italianos, victoriosos principalmente debido a su inmediata concesión al objetivo de guerra de los italianos de obtener la ciudadanía romana. [2] La dictadura de Sila siguió a más disturbios internos después de la guerra y fue la culminación de esta tendencia a la violencia, con él liderando un ejército en Roma por segunda vez en una década y purgando a sus oponentes del cuerpo político en proscripciones sangrientas . [3]

Tras la guerra civil de Sila y una década de conflictos internos tras la Guerra Social, la república se había derrumbado. [4] Sila intentó resolver esta crisis embarcándose en un amplio programa de reformas que inauguraba lo que él veía como una "nueva república" que empoderaba a los magistrados y los hacía responsables ante la ley aplicada por tribunales permanentes (con un senado más grande para proporcionar jurados para esos tribunales). [5] [6]

Su constitución sería revocada en gran parte por dos de sus antiguos lugartenientes, Pompeyo y Craso , menos de diez años después de su muerte. Los mecanismos de rendición de cuentas inherentes a sus reformas resultaron inoperantes. Las marchas de Sila sobre Roma también habían demostrado que era imposible imponer responsabilidades a un general con un ejército suficientemente grande. Los romanos, además, no podían aceptar como legítimas una serie de reformas dictadas por un legislador autoproclamado bajo amenaza de violencia.

Fondo

Retrato de Sila, en un denario del año 54 a. C., acuñado por su nieto.

Durante el período que siguió a la muerte violenta de Tiberio Graco en 133, la política republicana romana se fue volviendo cada vez más violenta y discordante; en varias ocasiones, se utilizó la fuerza contra oponentes políticos para reprimir la oposición política. [7] Poco antes del primer consulado de Sila en 88, los romanos lucharon la sangrienta Guerra Social contra sus aliados italianos, victoriosos principalmente debido a su concesión inmediata en el principal objetivo de guerra de los italianos de obtener la ciudadanía romana. [2] Durante su consulado en 88, Sila había marchado con su ejército sobre Roma como cónsul y depuso al tribuno plebeyo Publio Sulpicio Rufo por la fuerza después de que Sulpicio indujera a la Asamblea a reasignar el mando de Sila en la Primera Guerra Mitrídatica a Cayo Mario . [8] La causa de la primera marcha de Sila sobre Roma fue un asunto secundario en la política de la época: Sulpicio había presentado el proyecto de ley para reasignar el mando mitridático para congraciarse con Mario y apoyar la concesión de plenos derechos de ciudadanía a los italianos tras la Guerra Social. [9] Después de marchar sobre la ciudad, Sila exilió a varios políticos, incluido Mario, bajo amenaza de muerte y partió hacia el este para luchar contra Mitrídates . [10]

En su ausencia, Sila y sus partidarios perdieron el control de Roma, con el regreso de Mario y la elección junto con Lucio Cornelio Cinna para el consulado. Mario murió a los pocos meses de ser consulados juntos, [11] pero Cinna sobrevivió durante cuatro años (antes de ser asesinado por sus tropas), dominando la política romana, matando a sus enemigos y, entre otras cosas, obligando a la familia de Sila a huir en busca de seguridad en el este. [12] El gobierno republicano convencional se había derrumbado después de 88, y la guerra civil de Sila -desencadenada por su regreso del este a la cabeza de un ejército- se libró entre "un régimen rebelde en la ciudad y un general rebelde Sila, que pretendía establecer una nueva república siguiendo líneas muy diferentes". [12] Ya durante la guerra civil, Sila y otros estaban discutiendo la reforma constitucional. [13] Finalmente, Sila resultó victorioso sobre sus enemigos e indujo la aprobación de la lex Valeria que lo creaba dictator legibus scribundis et rei publicae constituendae [14] [15] (dictador para la redacción de leyes y la regulación de la república). [16]

Constitución de Sila

Muchos estudios más recientes, realizados a partir de 1971, "apoyan la interpretación del programa de reformas [de Sila] como una nueva república más que como una restauración". [4] Las reformas "se presentaron como un retorno a la práctica romana tradicional, [pero] muchas no eran nada de eso"; [17] "Sila definitivamente no estaba tratando de 'hacer retroceder el reloj', y mucho menos a un período particular en la historia romana". [18]

La constitución rígidamente legalizada, basada en un sistema de leyes aplicadas por tribunales senatoriales, que Sila propuso "no se correspondía con la experiencia romana de una república tradicional... basada en la deliberación en el Senado, el debate frente al pueblo y en elaborados rituales de compromiso y construcción de consenso en ambos contextos". [5] Sin embargo, tampoco era un conjunto de reformas ideológicamente coherentes, que actuaban ad hoc para abordar diversas cuestiones diferentes identificadas en el estado. [19]

Senado y la asamblea

Sila amplió el número de senadores de unos trescientos (antes de la guerra civil) a nada menos que seiscientos, más del doble de su tamaño, con nuevos senadores reclutados entre las filas de los équites y los nobles de las ciudades italianas. [20] Antes de su expansión, las filas del senado eran esqueléticamente escasas: de los antiguos cónsules, sólo se sabía que cinco estaban vivos y podían participar en 82. [21] También aumentó el número de quaestores elegidos por año de ocho a veinte e hizo que la inducción al senado fuera automática con el desempeño de la cuestura; [17] esto significaba que muchos de los nuevos senadores probablemente nunca ocuparían un cargo superior y existían más bien para servir como jurados en un gran sistema de tribunales de jurado permanentes. [20]

Habría al menos siete tribunales, cada uno bajo un pretor, con grandes jurados para minimizar el impacto del soborno. [22] En el pasado, desde la época de los Gracos en adelante, estos tribunales habían sido atendidos por los ecuestres, pero los jurados serían elegidos entre miembros de la clase senatorial. [23]

Las consecuencias de los cambios de Sila en el Senado resultaron en un "sistema de dos niveles... en el que el círculo interno de los poderosos creadores de opinión... estaba separado de aquellos que pasaban sus vidas como jurados". [24] [25] Los principales senadores que ocupaban magistraturas también pasarían su año en el cargo en la capital en lugar de comandar tropas en el extranjero, lo que hizo que los debates del Senado fueran mucho más formales y proporcionó un entorno en el que los cónsules podían enfrentarse repetidamente. [24] El cargo de pretor también cambió, puesto a cargo de los tribunales durante su magistratura antes de ser enviado a gobernar una provincia inmediatamente después. [26] En el pasado, el Senado había estado compuesto por personas reconocidas por los censores por sus logros en altos cargos o por su virtud personal; el de Sila carecía de esto, ya que estaba compuesto principalmente por sus partidarios y los ganadores de elecciones relativamente indiscriminadas para la cuestura. [27]

Las reformas de Sila también abarcaron la estructura de votación de los comitia centuriata , que se cambió a un estado similar al de la organización servia de la asamblea, con más centurias reservadas para los ciudadanos ricos. [ cita requerida ] También, según Apiano, exigió que las leyes se presentaran ante las centurias en lugar de las tribus y que primero recibieran la aprobación del senado. [28] El requisito de presentar las leyes ante las centurias no parece haber sobrevivido ni siquiera a la dictadura de Sila, ya que presentó una ley sobre la cuestura ante las tribus. [29] Sila se decidió en cambio por despojar a los tribunos de su iniciativa legislativa (ver más abajo) y permitir que los magistrados curules convocaran a las tribus para escuchar propuestas legislativas. [30] La legislación consular era rara antes de las reformas de Sila, y la mayoría de las leyes eran presentadas por tribunos, pero después de Sila, se volvió común que los cónsules y pretores presentaran proyectos de ley ante el pueblo. [31]

Magistraturas

También hizo que el orden tradicional en el que se ocupaban los cargos ( latín : cursus honorum , lit.  'curso de honores') fuera un requisito legal (por ejemplo, para ser elegido cónsul, uno tenía que haber sido pretor) y requirió un período de diez años entre la reelección al cargo con edades mínimas para varios cargos. [17] Entre sus otros cambios a las elecciones, neutralizó a los tribunos plebeyos , convirtiendo el cargo en un puesto sin salida con poco poder: se les eliminó su capacidad de vetar asuntos públicos junto con los poderes para proponer leyes. Además, cualquiera elegido para el tribunado era, por lo tanto, inelegible para futuros cargos electivos. [32] Sus poderes se redujeron solo a proteger a los ciudadanos de las acciones arbitrarias de un magistrado. [33]

Los efectos de estos cambios en las magistraturas fueron profundos. Los ciudadanos ya no tendrían tribunos que convocaran reuniones, pronunciaran discursos políticos o votaran sobre la legislación tribunicia. Sin embargo, el proceso de elección de magistrados había cambiado poco, y los políticos seguían haciendo campaña ante el pueblo. [34] Y aunque el pueblo no había perdido su poder soberano para hacer leyes, [35] en cambio "simplemente se le pedía que ratificara leyes que ya habían sido aprobadas por el Senado y que eran propuestas por los magistrados más altos". [36]

También se impusieron límites a la discreción de los gobernadores en el campo de batalla. En lugar de designarlos para que llevaran a cabo una campaña de algún tipo, Sila les exigió que fueran a una provincia, definida como un área geográfica específica, y que permanecieran allí sin desviarse de las instrucciones proporcionadas por el Senado hasta que fueran relevados. [37] Las sanciones por violar estas leyes (cf. César) también eran severas. [5]

Otro

En el ámbito religioso, derogó la lex Domitia de sacerdotiis de 104, que ponía la elección de los sacerdotes en manos del pueblo, volviendo al antiguo sistema de cooptación. [38] El Templo de Júpiter Óptimo Máximo en la colina Capitolina, que se había quemado en 83, fue reconstruido y recibió el nombre de un aliado cercano de Sila, Quinto Lutacio Catulo . [39]

También abolió el subsidio de cereales y los subsidios del estado romano para controlar los precios de los alimentos en la ciudad. [36] También, como dictador, amplió el límite sagrado de la ciudad de Roma, el pomerium . [39]

El destino de la constitución de Sila

Sila dimitió de su dictadura a finales de 81 y rápidamente asumió el cargo de cónsul en 80. [39] [40] Concibiendo "su dictadura en términos cuasi republicanos, como un cargo especial asumido para... [establecer] una forma constitucional (republicana) de gobierno" e imaginándose a sí mismo como un legislador, se convirtió en cónsul ordinario en el primer año de su nueva república. [41] Después de su consulado, se retiró y murió en 78, con su funeral celebrado en Roma a expensas públicas, para consternación de uno de los entonces cónsules, Marco Emilio Lépido . [41] [40]

Reformas a los tribunos y tribunales

Su república resultaría un fracaso: "el contenido, el estilo y los orígenes de la nueva república de Sila eran demasiado revolucionarios y demasiado extranjeros para perdurar en Roma" después de su muerte. [42] El papel de los jurados senatoriales a la hora de hacer responsables a los magistrados y gobernadores se vio socavado por el propio ejemplo de Sila, que se mostró totalmente inmune a la rendición de cuentas al marchar con éxito sobre Roma. [43] En el año de su muerte, ya se estaban haciendo propuestas para revocar las limitaciones de Sila a los tribunos populares. [44] Esto se extendió a las reformas de Sila sobre el subsidio de cereales: el cocónsul Lépido presentó un proyecto de ley sin oposición que reintroducía o ampliaba el subsidio. [45] Más tarde ese año, Lépido levantó un ejército contra el Senado y su colega en respuesta a la obstrucción a sus reformas políticas. [46] Sila exigió a los cónsules que dirigieran los asuntos de la ciudad; en dos años, los desacuerdos entre los cónsules habían iniciado otra guerra civil. [47]

Unos años más tarde, en 75, uno de los cónsules, Cayo Aurelio Cota , levantó la barrera que impedía a los tribunos ocupar cargos futuros, [48] con gran aclamación del pueblo. [49] La eliminación de Sila del subsidio de grano también aumentó las tensiones en Roma, y ​​los cónsules fueron atacados en la Vía Sacra por el precio del grano. [49] Al año siguiente, Lucio Quincio , entonces tribuno de la plebe, agitó en el Foro para restaurar los derechos tribunicios. [50] Las reformas de Sila al subsidio de grano fueron derogadas nuevamente en 73, y los cónsules aprobaron una ley que autorizaba más compras de grano de Sicilia mientras continuaba la agitación popular por los derechos tribunicios. [51] Apenas ocho años después de su muerte, sus lugartenientes durante la guerra civil, Pompeyo y Craso en sus consulados durante 70, restauraron a los tribunos plebeyos a sus poderes históricos [47] y supervisaron la reintroducción de las elecciones a la censura. [52] El poder de legislar fue rápidamente recuperado: en el mismo año se aprobó una lex Plautia que otorgaba el perdón a los partidarios de la revuelta de Lépido en 78. [53]

Sin embargo, el consulado de Pompeyo y Craso en el año 70 no fue un ataque coherente al legado de Sila. Otras partes de sus reformas se mantuvieron (la cooptación a los colegios sacerdotales se mantuvo hasta el año 63) y los cónsules no apoyaron activamente el proyecto de ley para cambiar la composición de los jurados de los tribunales permanentes. [54] El cambio en el número de magistrados también persistió, al igual que las leyes de Sila sobre la traición y la privación de los derechos civiles a los descendientes de las personas proscritas (esas inhabilidades civiles solo se levantarían bajo el gobierno de César en el año 49). [55]

Los principales elementos del fracaso de la república tal como había existido antes del primer consulado de Sila fueron el uso de la violencia política [56] y la ineficacia de la élite romana para manejar las amenazas externas. [57] La ​​guerra civil en sí tampoco terminó con el inicio de la nueva república de Sila con su consulado en 80: varios remanentes continuaron resistiéndose al gobierno de Sila, tanto en España [58] como en Italia. [59] Con la Tercera Guerra Servil contra la revuelta de esclavos de Espartaco y la renovada amenaza de Mitrídates , a quien Sila no había derrotado en el este, "[e]l sentimiento de que la nueva república era un fracaso era difícil de escapar". [54] Estos problemas se vieron agravados por el malestar político en las elecciones consulares cada año entre 66 y 62 [60] y el mayor nivel de corrupción engendrado por la neutralización por parte de Sila de los mecanismos republicanos tradicionales de supervisión de magistrados y gobernadores. [61]

Efectos a largo plazo

Los cambios de Sila también tuvieron efectos a largo plazo, pues alteraron permanentemente la composición del Senado. El Senado, que se hizo permanentemente más grande gracias a la incorporación de los veinte cuestores anuales, alcanzó un tamaño de alrededor de 600 miembros. [62] La naturaleza del Senado en el régimen de Sila también dificultó el funcionamiento del sistema de tribunales de justicia de Sila:

Estaba compuesto por dos grupos con miembros intercambiables y ambiciones contrapuestas: los que vigilaban las acciones de los agentes [de la República] a través de los tribunales, y los que actuaban en nombre de la res publica como magistrados. Un sistema de supervisión de este tipo sólo podía funcionar eficazmente si los dos grupos permanecían separados, pero había un tráfico continuo entre los dos grupos, ya que los hombres se presentaban a las elecciones, eran elegidos magistrados y luego volvían a la condición de individuos privados. [63]

Y el mayor tamaño del Senado después de las reformas de Sila, junto con el aumento del número de magistrados que poseían el imperium en la ciudad, hicieron que el cuerpo fuera disfuncional, difícil de influenciar e impredecible. [64] Además, su mayor tamaño ...

[impidió que el Senado fuera] un foro para el debate político serio. Un aumento en el número de miembros también socavó fatalmente el prestigio de un organismo que hasta entonces había sido mucho más exclusivo. [El diseño de Sila era uno] en el que el centro del escenario lo ocupaban magistrados electos , que tenían el imperium y que a su vez estaban obligados a respetar un conjunto de leyes. Lejos de ser el defensor de la auctoritas [influencia] senatorial, Sila tomó medidas decisivas para [su] marginación política[.] [65]

La interrupción de Sila en la elección regular de censores y los censos que ellos realizaban también persistió: después del censo autorizado durante el consulado de Pompeyo y Craso en 70, el siguiente censo completado tendría que esperar hasta 28, [66] cuando fue realizado por Augusto y Marco Agripa [67] en medio del establecimiento por parte de Augusto del gobierno de un solo hombre.

Véase también

Referencias

Notas al pie

  1. ^ Flor 2010, págs. 80–81.
  2. ^ desde Beard 2015, pág. 237.
  3. ^ Flor 2010, pág. 94.
  4. ^ ab Flor 2010, pág. 120.
  5. ^abc Flor 2010, pág. 129.
  6. ^ Acero 2014a, pág. 667.
  7. ^ Flor 2010, pág. 81.
  8. ^ Hodgson 2017, págs. 80–81.
  9. ^ Flor 2010, pág. 91.
  10. ^ Hodgson 2017, pág. 81.
  11. ^ Evans, Richard John (1995). Gaius Marius: A Political Biography (PDF) (tesis de DLitt et Phil). Universidad de Sudáfrica. p. 168. Consultado el 8 de junio de 2019 .
  12. ^ ab Flor 2010, pág. 93.
  13. ^ Millar 1998, pág. 53.
  14. ^ Vervaet, Frederik Juliaan (2004). "La lex Valeria y el empoderamiento de Sila como dictador (82-79 a. C.)". Cahiers du Centre Gustave Glotz . 15 : 37–84. doi :10.3406/ccgg.2004.858. ISSN  1016-9008. JSTOR  24359187.
  15. ^ Acero 2014a, pág. 657.
  16. ^ Wiseman, TP (15 de diciembre de 2017). Julio César: general romano. Cavendish Square Publishing. pág. 31. ISBN 978-1-5026-3325-5.
  17. ^ abc Beard 2015, pág. 246.
  18. ^ Flor 2010, pág. 130.
  19. ^ Santangelo 2014, pág. 22.
  20. ^ ab Flor 2010, pág. 121.
  21. ^ Acero 2014a, pág. 660.
  22. ^ Flor 2010, pág. 127.
  23. ^ Flor 2010, págs. 127–28.
  24. ^ ab Flor 2010, pág. 122.
  25. ^ Acero 2014a, pág. 666.
  26. ^ Flor 2010, pág. 123.
  27. ^ Acero 2014a, pág. 665.
  28. ^ Sandberg 2017, pág. 170.
  29. ^ Sandberg 2017, pág. 173.
  30. ^ Sandberg 2017, pág. 175.
  31. ^ Sandberg 2017, págs. 177-79.
  32. ^ Barba 2015, pág. 247.
  33. ^ Flor 2010, pág. 124.
  34. ^ Millar 1998, pág. 56.
  35. ^ Millar 1998, pág. 55.
  36. ^ ab Flor 2010, pág. 125.
  37. ^ Flor 2010, págs. 128–29.
  38. ^ Flor 2010, pág. 126.
  39. ^abc Flor 2010, pág. 132.
  40. ^ ab Badian, Ernst (20 de diciembre de 2012). "Cornelius (RE 392) Sila Félix, Lucius". En Hornblower, Simon; Spawforth, Antony; Eidinow, Esther (eds.). Oxford Classical Dictionary (4.ª ed.). ISBN 978-0-19-954556-8.
  41. ^ ab Flor 2010, pág. 133.
  42. ^ Flor 2010, pág. 134.
  43. ^ Flor 2010, pág. 137.
  44. ^ Millar 1998, pág. 58.
  45. ^ Santangelo 2014, pág. 11.
  46. ^ Flor 2010, págs. 139–40.
  47. ^ ab Flor 2010, pág. 140.
  48. ^ Santangelo 2014, pág. 8.
  49. ^ desde Millar 1998, pág. 60.
  50. ^ Millar 1998, pág. 61.
  51. ^ Millar 1998, pág. 63.
  52. ^ Acero 2014b, pág. 335.
  53. ^ Millar 1998, pág. 67.
  54. ^ ab Flor 2010, pág. 141.
  55. ^ Santangelo 2014, pág. 5.
  56. ^ Flor 2010, pág. 96.
  57. ^ Flor 2010, págs. 108–9.
  58. ^ Flor 2010, pág. 139.
  59. ^ Santangelo 2014, pág. 15.
  60. ^ Flor 2010, pág. 142.
  61. ^ Steel 2014b, págs. 329–30.
  62. ^ Santangelo 2014, pág. 12.
  63. ^ Acero 2014a, pág. 668.
  64. ^ Acero 2014b, pág. 337.
  65. ^ Santangelo 2014, pág. 13.
  66. ^ Santangelo 2014, pág. 19.
  67. Augustus (1924) [ c.  14 d. C. ]. Velleius Paterculus y Res Gestae Divi Augusti. Biblioteca Clásica de Loeb. Traducido por Shipley, Frederick W. Harvard University Press. pp. 358–63 (n 35) . Consultado el 26 de mayo de 2021 – vía LacusCurtius.

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