En la nomenclatura botánica , variedad ( var. abreviada ; en latín : varietas ) es un rango taxonómico inferior al de especie y subespecie , pero superior al de forma . [1] Como tal, recibe un nombre infraespecífico de tres partes . A veces se recomienda utilizar el rango de subespecie para reconocer la distinción geográfica, mientras que el rango de variedad es apropiado si el taxón se ve en todo el rango geográfico de la especie. [2]
El cactus acerico, Escobaria vivipara (Nutt.) Buxb. , es una especie variable de amplia distribución que se encuentra desde Canadá hasta México y se encuentra en todo Nuevo México por debajo de unos 2.600 metros (8.500 pies). Se han descrito nueve variedades. Donde se encuentran las variedades del cactus acerico, se intergradan . La variedad Escobaria vivipara var. arizonica es de Arizona , mientras que Escobaria vivipara var. neo-mexicana es de Nuevo México. [ cita necesaria ]
Véase también Capsicum annuum var. glabriusculum
El término es definido de diferentes maneras por diferentes autores. [3] Sin embargo, el Código Internacional de Nomenclatura de Plantas Cultivadas , si bien reconoce que la palabra "variedad" se utiliza a menudo para denotar " cultivar ", no acepta este uso. La variedad se define en el código de la siguiente manera: "Variedad (varietas) la categoría en la jerarquía de nomenclatura botánica entre especie y forma (forma)". El código reconoce el otro uso de la siguiente manera: "término utilizado en algunas legislaciones nacionales e internacionales para un taxón claramente distinguible por debajo del rango de especie; generalmente, en los textos legislativos, un término equivalente a cultivar. Ver también: cultivar y variedad (varietas) ". [4]
Una variedad tendrá una apariencia distinta de otras variedades, pero se hibridará libremente con esas otras variedades. [5]
4.1. Si se desea un mayor número de rangos de taxones, [...un] organismo puede asignarse a taxones de los siguientes rangos (en secuencia descendente): [... género, ... especie, subespecie,] variedad ( varietas ), subvariedad ( subvarietas ), forma ( forma ), y [*subform|subforms*{8.21.06<sub-conformable, sub-conformer>}{6.4.18<sub-conforme, sub-conformes><sub -conforme, subconforme, subconforme, subconforme, subconforme, subconforme, subconforme, subconforme, subconforme>}]. ... 4.3. También podrán intercalarse o añadirse rangos adicionales, siempre que no se introduzcan con ello confusión o error.