En derecho , una cuestión de derecho , también conocida como punto de derecho , es una cuestión que debe responderse aplicando principios jurídicos pertinentes a la interpretación de la ley. [1] Dicha cuestión es distinta de una cuestión de hecho , que debe responderse haciendo referencia a hechos y pruebas , así como a inferencias que surgen de esos hechos. Las respuestas a las cuestiones de derecho generalmente se expresan en términos de principios jurídicos generales. Se pueden aplicar a muchas situaciones en lugar de circunstancias o hechos particulares. Una respuesta a una cuestión de derecho aplicada a los hechos específicos de un caso a menudo se denomina conclusión de derecho .
En varias jurisdicciones de derecho civil , los tribunales superiores consideran que las cuestiones de hecho han sido resueltas por los tribunales inferiores y solo consideran cuestiones de derecho. Por lo tanto, pueden remitir un caso a un tribunal inferior para que vuelva a aplicar la ley y responda a cualquier evaluación basada en los hechos basada en su respuesta sobre la aplicación de la ley. Los tribunales internacionales, como el Tribunal de Justicia del Benelux y el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, solo responderán a las cuestiones de derecho planteadas por los jueces de los tribunales nacionales si no están seguros de la interpretación de la ley de las organizaciones multilaterales.
Las cuestiones de derecho las resuelve un juez o su equivalente, mientras que las cuestiones de hecho las resuelve un juez de hechos , que en el sistema de derecho consuetudinario suele ser un jurado . Las conclusiones de derecho se reconsideran con mayor facilidad en un tribunal de apelación , mientras que las conclusiones de hecho en un sistema jurídico de derecho consuetudinario rara vez se revocan. [ cita requerida ]
En derecho , una cuestión de hecho , también conocida como punto de hecho , es una cuestión que debe responderse haciendo referencia a hechos y pruebas , así como a inferencias que surgen de esos hechos. Este tipo de cuestión es distinta de una cuestión de derecho, que debe responderse aplicando los principios jurídicos pertinentes. La respuesta a una cuestión de hecho (una " conclusión de hecho ") suele depender de circunstancias o situaciones fácticas particulares. [2]
Todas las cuestiones de hecho pueden probarse o refutarse con referencia a un determinado estándar de prueba. Según la naturaleza del asunto, el estándar de prueba puede exigir que se demuestre que un hecho es "más probable que improbable" (apenas hay más pruebas a favor que en contra, como se establece por una preponderancia de las pruebas) o que es verdadero más allá de toda duda razonable .
Las respuestas a las cuestiones de hecho las determina un juez o jurado . En muchas jurisdicciones , como Inglaterra y Gales, los tribunales de apelación generalmente no consideran apelaciones basadas en errores de hecho (errores en la respuesta a una cuestión de hecho). En cambio, los tribunales de apelación suelen dar gran deferencia a las conclusiones de hecho del primer tribunal . [3]
El filósofo Alfred Lessing sostiene que la diferencia entre cuestiones de derecho y cuestiones de hecho está mal definida y que hay frecuentes desacuerdos sobre si una determinada afirmación es la primera o la segunda.
La distinción entre "derecho" y "hecho" ha resultado ambigua dondequiera que se la emplea. Por ejemplo, el common law solía exigir que la demanda de un demandante en una acción civil sólo estableciera los "hechos" de su caso, no ninguna "conclusión jurídica". Lamentablemente, nadie ha sido capaz de decir si la alegación de que "el 9 de noviembre, el acusado atropelló negligentemente al demandante con su coche en la intersección de State Street y Chestnut Street" es una declaración de hecho o una conclusión jurídica. De hecho, la distinción entre derecho y hecho es sólo la versión jurídica de la distinción filosófica entre enunciados " empíricos " y " analíticos ", una distinción sobre cuya existencia los filósofos no han podido ponerse de acuerdo hasta el día de hoy. [...] veremos que muchos acusados acusados de tentativas imposibles en realidad no están intentando el delito del que se les acusa. Simplemente creen que están cometiendo un delito. ... [4]
El juez Felix Frankfurter escribió en el caso Brown v. Allen que las conclusiones de hecho se basaban en "relatos de hechos externos y la credibilidad de sus narradores". [5]