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Indulgencia de las cruzadas

En la historia de la Iglesia católica , una indulgencia de cruzada era cualquier indulgencia —remisión de las penas impuestas por la penitencia— concedida a una persona que participaba en una cruzada sancionada eclesiásticamente . [1] [2] Tuvo sus orígenes en el Concilio de Clermont que se clausuró el 27 de noviembre de 1095. Según Lamberto de Arras , que estaba presente, el concilio decretó que «quien por devoción solamente, no para ganar honor o dinero, vaya a Jerusalén para liberar la Iglesia de Dios puede sustituir este viaje por toda penitencia». [3] Esto marcó el inicio de la Primera Cruzada . Los papas y concilios posteriores a menudo invocaron «la misma remisión instituida por el papa Urbano en el concilio de Clermont». [3] La conexión con la liberación de Jerusalén se debilitó más tarde y se ofreció la misma indulgencia o una similar a los participantes en las Cruzadas del Norte y la Cruzada Albigense . [4]

Véase también

Notas

  1. ^ Pájaro 2006, pág. 633.
  2. ^ Andrea 2003, pág. 165.
  3. ^ desde Bysted 2014, pág. 1.
  4. ^ Pájaro 2006, pág. 634.

Bibliografía