stringtranslate.com

Ley de trata de esclavos de 1800

La Ley de Comercio de Esclavos de 1800 fue una ley aprobada por el Congreso de los Estados Unidos para ampliar la Ley de Comercio de Esclavos de 1794 , limitando la participación estadounidense en el comercio de carga humana . Fue firmada como ley por el presidente John Adams el 10 de mayo de 1800. Esta fue una de varias leyes del Congreso que finalmente prohibieron la importación de esclavos a los Estados Unidos. La posesión de esclavos y el comercio interno se volverían ilegales más tarde en todo Estados Unidos por la Decimotercera Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos en 1865 después de la Guerra Civil estadounidense .

Paso

Este proyecto de ley se aprobó el 2 de mayo de 1800, con el título adicional: Ley para prohibir la realización del comercio de esclavos desde los Estados Unidos a cualquier lugar o país extranjero.

Texto de la ley

Español Sea decretado por el Senado y la Cámara de Representantes de los Estados Unidos de América en Congreso reunidos, que será ilegal para cualquier ciudadano de los Estados Unidos, u otra persona residente dentro de los Estados Unidos, directa o indirectamente, poseer o tener cualquier derecho o propiedad en cualquier embarcación empleada o utilizada en el transporte o traslado de esclavos de un país o lugar extranjero a otro, y cualquier derecho o propiedad, perteneciente como se mencionó anteriormente, será confiscado, y podrá ser difamado y condenado por el uso de la persona que demande por el mismo; y dicha persona, que transgreda la prohibición antes mencionada, también perderá y pagará una suma de dinero igual al doble del valor del derecho o propiedad en dicha embarcación, que poseía como se mencionó anteriormente; y también perderá una suma de dinero igual al doble del valor del interés que pudiera haber tenido en los esclavos, que en cualquier momento pudieran haber sido transportados o llevados en dicha embarcación, después de la aprobación de esta ley, y en contra de la forma de la misma.

SEC. 2. Y además, decretase que será ilegal para cualquier ciudadano de los Estados Unidos u otra persona residente en los mismos, servir a bordo de cualquier buque de los Estados Unidos empleado o utilizado en el transporte o traslado de esclavos de un país o lugar extranjero a otro: y cualquier ciudadano u otra persona que sirva voluntariamente como se mencionó anteriormente estará sujeto a ser acusado por ello, y en caso de ser condenado será pasible de una multa que no exceda de dos mil dólares y de una pena de prisión que no exceda de dos años.

SEC. 3. Y además, se decreta que si cualquier ciudadano de los Estados Unidos sirve voluntariamente a bordo de cualquier barco o embarcación extranjera que en lo sucesivo se emplee en el comercio de esclavos, al ser declarado culpable de ello, estará sujeto y sufrirá las mismas pérdidas, penas, incapacidades y sanciones que habría sufrido si dicho barco o embarcación hubiera sido propiedad o empleado, total o parcialmente, por cualquier persona o personas residentes en los Estados Unidos.

SEC. 4. Y además, se decreta que será lícito para cualquiera de los buques comisionados de los Estados Unidos apoderarse y tomar cualquier buque empleado en el ejercicio del comercio, negocios o tráfico, en contra de la verdadera intención y significado de esta o de la referida ley a la que ésta se suma; y dicho buque, junto con sus aparejos, ropa y armas, y los bienes o efectos, distintos de los esclavos, que se encuentren a bordo, serán confiscados, y se podrá proceder contra ellos en cualquiera de los tribunales de distrito o de circuito, y serán condenados para el uso de los oficiales y la tripulación del buque que haga la incautación, y se dividirán en la proporción indicada en el caso de presa: y todas las personas interesadas en dicho buque, o en la empresa o viaje en el que se emplee dicho buque en el momento de dicha captura, quedarán excluidas de todo derecho o reclamación sobre los esclavos encontrados a bordo de dicho buque como se ha dicho, y de todos los daños o retribuciones a causa de los mismos: y además será deber de los comandantes de dichos buques comisionados aprehender y tomar bajo custodia a toda persona que se encuentre a bordo de dicho buque así incautado y tomado, que sea de los oficiales o la tripulación del mismo, y trasladarlo tan pronto como sea conveniente a la autoridad civil de los Estados Unidos en alguno de sus distritos, para que se procese contra él en el debido curso de la ley.

SEC. 5. Y además se decreta que los tribunales de distrito y de circuito de los Estados Unidos tendrán conocimiento de todos los actos y delitos contra las prohibiciones aquí contenidas.

SEC. 6. Se dispone, no obstante, y se promulga además, que nada de lo contenido en esta ley se interpretará como una autorización para traer a cualquiera de los Estados Unidos a cualquier persona o personas cuya importación esté prohibida por las leyes existentes de tal estado.

SEC. 7. Y se decreta además que las confiscaciones que se incurran en lo sucesivo en virtud de esta ley, o de la ley a la que se suma esta, y que no se disponga de ellas de otra manera, se acumularán y una mitad de ellas serán para uso del informante y la otra mitad para uso de los Estados Unidos, excepto cuando la acusación se instituya primero en nombre de los Estados Unidos, en cuyo caso la totalidad será para su uso. [1]

La Ley de Comercio de Esclavos de 1794 prohibió el comercio internacional de esclavos en buques estadounidenses y limitó el comercio de barcos extranjeros en puertos estadounidenses. La Ley de 1800 aumentó las multas y sanciones y prohibió la inversión de ciudadanos y residentes estadounidenses en el comercio, así como el empleo de ciudadanos estadounidenses en buques extranjeros involucrados en el comercio. [2]

Véase también

Referencias

  1. ^ "El Proyecto Avalon: Estatutos de los Estados Unidos sobre la esclavitud". yale.edu . Consultado el 5 de diciembre de 2015 .
  2. ^ "REGULACIÓN DEL COMERCIO". Biblioteca Pública de Nueva York . Consultado el 5 de diciembre de 2015 .

Enlaces externos