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Hábitat crítico

El hábitat crítico se refiere a áreas geográficas específicas esenciales para la conservación de una especie en peligro de extinción , aunque el área no necesariamente esté ocupada por la especie en el momento en que se designa. El hábitat crítico es una designación legal del uso de la tierra definida dentro de la Ley de Especies en Peligro de Extinción de los EE. UU. - ESA. Contrariamente a la creencia común, designar un área como hábitat crítico no impide el desarrollo de esa área. Una designación de hábitat crítico solo afecta las acciones de la agencia federal. Tales acciones incluyen actividades financiadas por el gobierno federal o actividades que requieren un permiso federal que pueden afectar negativamente la calidad del hábitat para una especie en peligro de extinción. Esta ley también define que no puede haber " captura " de una especie en peligro de extinción del área designada. Esta designación de tierra tiene como objetivo proteger el hábitat vital para las especies en peligro de extinción mediante la preservación de áreas que puedan satisfacer las necesidades identificadas para la especie objetivo. Esta es una característica clave de la conservación como se describe en la ESA. [1]

Proceso de designación

Se debe designar un hábitat crítico para todas las especies amenazadas y en peligro de extinción de conformidad con la Ley de Especies en Peligro de Extinción, con ciertas excepciones específicas. Las designaciones de hábitats críticos deben basarse en la mejor información científica disponible y seguir el procedimiento que se describe en la ESA. Las áreas en consideración deben contener características biológicas o físicas necesarias para la supervivencia de la especie objetivo. Estos factores pueden incluir cosas como alimentos, refugio y sitios de reproducción. Antes de la adopción, estas áreas deben incluir una revisión que esté abierta a la participación pública de todas las partes interesadas dentro de plazos específicos. A menos que se considere necesario para la existencia continua de la especie, el hábitat crítico no incluye toda el área geográfica ocupada por una especie. Las tierras del Departamento de Defensa (DOD) también están exentas de ser designadas como hábitat crítico. Tanto las tierras públicas como las privadas pueden especificarse como hábitat crítico.

La designación de hábitat crítico no establece una reserva o un refugio; se aplica únicamente cuando se trata de financiación, permisos o proyectos federales. Según la Sección 7 de la ESA, todas las agencias federales deben asegurarse de que las acciones que autoricen, financien o lleven a cabo no pongan en peligro la existencia continua de una especie incluida en la lista, ni destruyan o modifiquen de manera adversa su hábitat crítico designado.

La Administración Nacional Oceánica y Atmosférica y el Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos comparten la responsabilidad de designar e implementar hábitats críticos para las especies incluidas en la lista.

Desafíos

Antes de designar un hábitat crítico, se deben tener en cuenta cuidadosamente los impactos económicos, los impactos en la seguridad nacional y otros impactos relevantes de especificar un área en particular como hábitat crítico. Un área puede ser excluida de la categoría de hábitat crítico si los beneficios de la exclusión superan los beneficios de la designación, a menos que la exclusión del área resulte en la extinción de la especie en cuestión.

Además de estas preocupaciones, durante el proceso de búsqueda de un área para designar como hábitat crítico se necesitan datos científicos, biológicos y económicos. Esto incluye datos detallados sobre la población y la ecología. Si esta información no está disponible, el organismo responsable debe realizar estudios para obtenerla. [2] Estos datos se utilizan para orientar la selección del hábitat crítico, ya que un conocimiento inadecuado puede provocar una selección deficiente del hábitat que puede no ser la mejor para la supervivencia de la especie. Para que una designación de hábitat crítico sea eficaz, se requiere un amplio conocimiento científico de la especie objetivo y un compromiso entre las partes interesadas que equilibre las necesidades de protección ambiental y las necesidades económicas. [3]

Consideraciones

Las perspectivas de conservación y económicas sobre el uso de la tierra suelen estar en conflicto y se tienen en cuenta al designar hábitats críticos. Actividades como la minería, la tala de árboles y la infraestructura de transporte pueden tener un gran impacto en el hábitat circundante. [4] Los requisitos de hábitat crítico no se aplican a los ciudadanos que participan en actividades en tierras privadas que no involucran a una agencia federal. Sin embargo, si una actividad en una propiedad privada requiere una acción de una agencia federal (como un préstamo, aumento de los caudales de riego, permisos de una agencia federal, etc.), entonces la agencia federal debe asegurarse de que la acción no modifique negativamente el hábitat crítico designado.

Casos judiciales relevantes

Autoridad del Valle de Tennessee contra Hill (1978)

Luján contra los defensores de la vida silvestre (1992)

Capítulo Sweet Home de Communities for a Great Oregon contra Babbitt (1995)

Servicio de Pesca y Vida Silvestre de los Estados Unidos contra Sierra Club (2021)

Véase también

Referencias

Notas al pie

  1. ^ "87 Stat. 884 - Ley de conservación de especies en peligro de extinción". 28 de diciembre de 1973.
  2. ^ Ahmadi, Mohsen; Farhadinia, Mohammad S.; Cushman, Samuel A.; Hemami, Mahmoud-Reza; Nezami Balouchi, Bagher; Jowkar, Houman; Macdonald, David W. (julio de 2020). "Especies y espacio: un análisis combinado de brechas para guiar la planificación de la gestión de áreas de conservación". Ecología del paisaje . 35 (7): 1505–1517. Bibcode :2020LaEco..35.1505A. doi :10.1007/s10980-020-01033-5. ISSN  0921-2973.
  3. ^ TAYLOR, MARTIN FJ; SUCKLING, KIERAN F.; RACHLINSKI, JEFFREY J. (2005). "La eficacia de la Ley de Especies en Peligro de Extinción: un análisis cuantitativo". BioScience . 55 (4): 360. doi :10.1641/0006-3568(2005)055[0360:teotes]2.0.co;2. ISSN  0006-3568.
  4. ^ Forman, Richard TT (febrero de 2000). "Estimación del área afectada ecológicamente por el sistema vial en los Estados Unidos". Biología de la conservación . 14 (1): 31–35. Bibcode :2000ConBi..14...31F. doi :10.1046/j.1523-1739.2000.99299.x. ISSN  0888-8892.