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Facultad (derecho canónico)

Una facultad es un instrumento legal o una garantía en el derecho canónico , generalmente una autorización para hacer algo.

Iglesia católica

En el derecho canónico de la Iglesia Católica , una facultad es "la autoridad, privilegio o permiso para realizar un acto o función. En sentido amplio, una facultad es un cierto poder, ya sea basado en el propio derecho, o recibido como favor de otro, de realizar válida o lícitamente alguna acción". [1]

Iglesia de Inglaterra

En la Iglesia de Inglaterra (cuyos cánones tienen el estatus de ley nacional) la "jurisdicción de la facultad" se establece en la Medida de Cuidado de Iglesias y Jurisdicción Eclesiástica de 1991 y las Reglas de Jurisdicción de la Facultad de 2015. [2] Una facultad es el permiso requerido para realizar obras en la iglesia y su patio ; en la mayoría de los casos esto se requiere en lugar del permiso de planificación , aunque ambos son necesarios para trabajos externos importantes. La parroquia tiene que preparar una petición para la facultad y el canciller de la diócesis puede otorgar la facultad después de la debida consideración. [3] Cuando el trabajo está incluido en la Lista A del Anexo 1, [4] no se requiere facultad y cuando está en la Lista B [4] la facultad puede ser otorgada por el archidiácono en lugar del canciller.

Referencias

  1. ^ Meehan, Andrew B. (1909), "Canonical Faculties", The Catholic Encyclopedia , vol. V, Nueva York: Robert Appleton Company , consultado el 5 de enero de 2008
  2. ^ "Reglas de jurisdicción de la facultad". Iglesia de Inglaterra. 2015. Consultado el 18 de febrero de 2019 .
  3. ^ Clements, Matthew (2018). Rotas, reglas y rectores: cómo prosperar como sacrista . Londres: Matador. págs. 146-149. ISBN 978-1-78901-631-4.
  4. ^ ab "Reglas de Jurisdicción de la Facultad Anexo 1". Iglesia de Inglaterra. 2015. Consultado el 18 de febrero de 2019 .