La República Dominicana es un estado unitario con cargos electos a nivel nacional y local. A nivel nacional, el jefe de estado , el presidente , es elegido directamente por el pueblo. El poder legislativo nacional, el Congreso de la República , está dividido en dos cámaras : la Cámara de Diputados y el Senado . También hay cargos electivos a nivel local ( municipios o ciudades y distritos municipales). Se estima que en todo el país se cubren más de cuatro mil cargos en cada ciclo electoral.
La República Dominicana tiene un sistema multipartidista . La Constitución define cómo se llevan a cabo las elecciones y la elegibilidad de los votantes. La ley regula la mayoría de los aspectos de las elecciones, incluidas las primarias, el funcionamiento de cada colegio electoral y la celebración de elecciones nacionales y locales.
El financiamiento de las elecciones ha sido una parte controvertida de la misma, porque las fuentes privadas constituyen cantidades sustanciales de las contribuciones de campaña, especialmente en la elección presidencial. El financiamiento público voluntario para los candidatos no tiene límites de gasto. La Junta Central Electoral ( JCE ), creada en 1923, es el organismo con la responsabilidad de organizar, dirigir y supervisar las elecciones. El Tribunal Superior Electoral ( TSE ) , creado en 2010, es el órgano competente para juzgar y decidir sobre las controversias electorales y emite fallos sobre las controversias que surgen internamente en los partidos o entre ellos. Tanto el TSE como la JCE son instituciones autónomas. La Junta Central Electoral tiene independencia técnica, administrativa, presupuestaria y financiera, mientras que el Tribunal Superior Electoral tiene independencia organizativa, administrativa y financiera.
En la República Dominicana se utiliza un sistema mixto compuesto por los tres métodos más comunes a nivel mundial. Para la elección presidencial se utiliza un sistema de dos vueltas , en el que si ningún candidato obtiene un número requerido de votos se realiza una segunda vuelta entre los dos candidatos con más votos; para la elección de senadores se utiliza el sistema de mayoría simple , en el que gana la elección el candidato con mayor número de votos, y para la elección de diputados se utiliza el sistema D'Hondt . [1]
La elegibilidad de un individuo para votar está establecida en la constitución. La constitución establece que el sufragio es un derecho y un deber de todos los ciudadanos, y que el voto es personal, libre, directo y secreto, y nadie puede ser obligado o coaccionado en el ejercicio de su derecho al voto ni a revelar su decisión. La constitución, además, niega el voto a los miembros de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional , y prohíbe votar por un período de tiempo determinado o indefinidamente a todas las personas que hayan perdido o tengan suspendidos sus derechos ciudadanos, como los criminales convictos o acusados de traición. Se proyecta que el número de adultos dominicanos que serán elegibles para votar en las elecciones de 2016 será de 7,2 millones.
El registro de electores en la República Dominicana es automático y se basa en una base de datos del Registro Civil a cargo de la JCE; los extranjeros residentes poseen una Cédula de Identidad y Electoral que es única para cada individuo y nunca se reutiliza después de la muerte de una persona. Todos los dominicanos y extranjeros elegibles son agregados automáticamente al padrón electoral del primer año electoral en que pueden votar y colocados en la "circunscripción electoral" con base en su última dirección reportada a la Oficina de Circunscripción del Estado Civil correspondiente.
El día de las elecciones, los lugares de votación son escuelas públicas y privadas y otros lugares propiedad del gobierno, como estadios deportivos y clubes sociales comunitarios. En cada mesa electoral se colocan un número único de cabinas de votación donde las personas pueden marcar sus boletas y luego depositarlas en la urna identificando la misma letra de la boleta (para las elecciones de 2016 se utilizarán 5 boletas diferentes: boleta A para Presidente y Vicepresidente; boleta B para Senador; boleta C para Diputados; boleta D para Alcalde y E para Concejales).
Además de la verificación y firma en el Padrón Electoral, a todas las personas que votan luego de recibir su Cédula de Identidad se les marca con una marca de tinta electoral en el dedo índice.
La República Dominicana tiene un sistema de gobierno presidencialista, lo que significa que los poderes ejecutivo y legislativo son totalmente independientes y se eligen juntos, pero por separado de los gobiernos locales. El artículo 209 de la Constitución de la República Dominicana establece que las elecciones para Presidente y Vicepresidente de la República Dominicana, junto con los representantes legislativos, deben realizarse el tercer domingo de mayo, mientras que las elecciones para los gobiernos locales deben realizarse el tercer domingo de febrero. Todas ellas en el mismo año, simultáneamente cada cuatro años.
El presidente y el vicepresidente son elegidos juntos en una elección presidencial. Es una elección directa , en la que el ganador se determina por el porcentaje de votos emitidos por el pueblo. El ganador de la elección es el candidato que obtiene al menos el 50,1 por ciento de los votos válidos. Debido a la diferencia de población entre provincias, es posible que un candidato gane la mayoría de los votos de las provincias y pierda el voto popular a nivel nacional (reciba menos votos a nivel nacional que el ganador de la elección que, casi siempre, gana en las provincias más populares).
Las elecciones al Congreso se llevan a cabo cada cuatro años. El Congreso está compuesto por dos cámaras . Las elecciones especiales pueden realizarse si un miembro muere o renuncia durante un período, para este caso, se realiza una elección interna en la cámara correspondiente a partir de una terna presentada por el Comité Ejecutivo del partido ganador.
Las elecciones al Congreso se celebran cada cuatro años, en correlación con las elecciones presidenciales.
El Senado está integrado por 32 miembros, elegidos por un período de cuatro años en distritos uninominales (1 de cada provincia y el Distrito Nacional ).
La Cámara de Diputados está integrada por 195 miembros, elegidos por un período de cuatro años en circunscripciones uninominales . Las elecciones a la Cámara de Diputados se celebran cada cuatro años el tercer domingo de mayo en años bisiestos. Las elecciones a la Cámara son por el método D'Hondt que elige, como mínimo, dos Diputados de cada una de las 31 provincias y el Distrito Nacional en concordancia con las circunscripciones en que está dividida la República Dominicana.
A nivel local, las elecciones para cargos de gobierno de las ciudades se realizan en modalidad nacional cada cuatro años el tercer domingo de febrero de los años bisiestos, coincidiendo en un mismo Año Electoral con las elecciones presidenciales y congresuales.