El Edicto de Serdica , también llamado Edicto de Tolerancia de Galerio , [1] [2] [3] fue emitido en 311 en Serdica (ahora Sofía , Bulgaria ) por el emperador romano Galerio . Puso fin oficialmente a la persecución diocleciana del cristianismo en el Imperio Romano de Oriente . [4]
El Edicto concedía implícitamente al cristianismo el estatus de religio licita , un culto que fue reconocido y aceptado por el Imperio Romano . [5] Fue el primer edicto que legalizó el cristianismo y precedió al Edicto de Milán por dos años.
El 23 de febrero de 303, en la fiesta de Terminalia , el emperador Diocleciano , a propuesta de Galerio , [ cita requerida ] emitió un edicto persecutorio . El edicto prescribía: [ cita necesaria ]
En 305, Diocleciano abdicó y fue reemplazado por Galerio, su sucesor, quien continuó la persecución en Oriente hasta 311, cuando concedió a los cristianos el perdón, la libertad de culto y (implícitamente) el estatus de religio licita .
Promulgado en nombre de los demás miembros oficiales de la Tetrarquía , el edicto marcó el fin de las persecuciones contra los cristianos.
Entre otras disposiciones que siempre estamos acostumbrados a tomar para la prosperidad y el bienestar de la república, habíamos deseado anteriormente armonizar todas las cosas con las antiguas leyes y el orden público de los romanos, y disponer que incluso los cristianos que se habían ido la religión de sus padres debería volver a la razón; pues, en verdad, los propios cristianos, por alguna razón, habían seguido tal capricho y habían caído en tal locura que no querían obedecer los institutos de la antigüedad, que tal vez sus propios antepasados habían establecido primero; pero a su propia voluntad y placer, se dictarían leyes que debían observar y reunirían en congregaciones a varios pueblos en diversos lugares. Finalmente, cuando se promulgó nuestra ley para que se ajustaran a las instituciones de la antigüedad, muchos se sintieron dominados por el miedo al peligro, y muchos incluso sufrieron la muerte. Y sin embargo, como la mayoría de ellos perseveraron en su determinación, y vimos que ni presentaban la reverencia y el temor debido a los dioses, ni adoraban a su propio Dios, nosotros, en vista de nuestra muy suave clemencia y el constante hábito por el cual estamos acostumbrados a conceder indulgencia a todos, pensamos que debíamos conceder también a éstos la más pronta indulgencia, para que vuelvan a ser cristianos y celebren sus conventículos, siempre que no hagan nada contrario al buen orden. Pero en otra carta diremos a los magistrados lo que deben hacer.
Por lo que, por esta indulgencia nuestra, deben rogar a su Dios por nuestra seguridad, por la de la República y por la suya propia, para que la República permanezca ilesa por todas partes y puedan vivir seguros en su país. hogares.
Este edicto se publica en Nicomedia el día antes de las calendas de mayo, en nuestro octavo cónsulado y segundo de Maximino.
— Lactancio, De Mort. Pers. cap. 34, 35. Ópera, ed. OF Fritzsche, II, P. 273. (Bibl. Patt. Ecc. Lat. XI, Leipzig, 1844.), https://people.ucalgary.ca/~vandersp/Courses/texts/lactant/lactperf.html